Proceden las nuevas reglas aun con amparo, advierte Contreras Saldívar

Las medidas regulatorias que emitió el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) contra Televisa y el consorcio de Carlos Slim, al declararlos agentes económicos preponderantes en los mercados de radiodifusión y telecomunicaciones, se mantendrán vigentes aun cuando ambos corporativos se amparen al respecto, sostuvo Gabriel Contreras Saldívar, presidente del organismo.
Existe la posibilidad de que estas medidas, como todas las que emitimos, sean justiciables a través del juicio de amparo. Sin embargo, quiero subrayar que como parte de la reforma constitucional en telecomunicaciones, no procede la suspensión contra ninguna de las resoluciones de este instituto, puntualizó el funcionario en conferencia de prensa convocada de último momento anoche, la cual duró más de dos horas.
Grupo Televisa advirtió desde ayer por la mañana que analizará con detenimiento cualquier acción o medida (legal, de negocios o de otra naturaleza) que deba tomar o aplicar sobre la resolución de proponderanciahecha por el Ifetel, mientras América Móvil y Grupo Carso sostuvieron que analizan sus posibles impactos.
Si bien Contreras Saldívar sostuvo que las condiciones, restricciones y prohibiciones que el pleno del Ifetel acordó imponer a ambos corporativos no serán acatadas de un día para otro, porque implican llevar a cabo varias ofertas públicas sujetas a aprobación del organismo, así como procesos técnicos, previó que como regla general, las primeras deberán cumplirse en 30 días, y aseguró que ninguno de los ocho comisionados que conforman el pleno del Ifetel recibió presiones ni amenazas de las empresas mencionadas.
Advirtió que si Televisa y las firmas de Slim incumplen las medidas dictadas por el órgano regulador, entonces emitirá otras (adicionales, modificadas o que las sustituyan); incluso aseguró que no se descarta aplicar posteriormente, por ejemplo, la separación estructural o funcional, e incluso la desincorporación de los activos (de las empresas), medidas que están previstas en la Constitución, pero que en esta primera etapa no se tomaron en cuenta por considerarse extremas.
El marco jurídico nos da la posibilidad de aplicar sanciones por incumplimiento tanto a los títulos de concesión como administrativas que expida la autoridad, dijo Contreras. Aclaró que debido a que todo forma parte de un proceso administrativo, el Ifetel no tiene atribuciones para imponer castigos penales, pero si multas.
Sostuvo que aún si las empresas cumplen, el Ifetel puede imponerles más medidas en un plazo calculado de dos años si considera que las primeras no tuvieron eficacia en tanto no lograron que se cumplieran los objetivos de abrir la competencia y concurrencia en los mercados de telecomunicaiones y radiodifusión.
Interrogado sobre por qué el Ifetel no se limitó a tomar en cuenta sólo a las empresas de telecomunicaciones de Carlos Slim, es decir América Móvil (Telcel) y a Teléfonos de México, sino que incluyó a Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa, sostuvo que se identificó al agente económico preponderante; a eso nos obligó la Constitución, en razón de su participación en un grupo de interés económico, concepto utilizado en el marco de la competencia, que identifica a todos los que tienen el mismo interés comercial y que forman parte de un mismo grupo.
Lo mismos se hizo, agregó, con Grupo Televisa, pues se tomaron en cuenta a las casi 30 empresas que la conforman, entre filiales, afiliadas y subsidiarias.
“En ambos casos –precisó– el agente preponderante está conformado por un grupo de interés económico. En el mercado de telecomunicaciones lo integran América Móvil, Radiomóvil Dipsa, Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa, y en radiodifusión son Grupo Televisa y varias empresas más”, señaló.
El objetivo de identificarlos como grupos de interés económico, dijo, es asegurar el efectivo cumplimiento de las medidas, porque sería fácil para un concesionario deshacerse de activos de otras empresas para evadir la regulación.
La Constitución mandató indagar sólo tv abierta
A la pregunta de por qué el Ifetel no investigó y determinó la preponderancia en el mercado de la televisión de paga, Contreras puntualizó que la Constitución sólo mandató al organismo a analizar los mercados de televisión abierta y de telecomunicaciones. Sin embargo, la comisionada María Elena Estavillo comentó que las medidas impuestas por el Ifetel sobre la compra en exclusividad de contenidos relevantes y en cuestiones de espacios publicitarios abarca todas las plataformas del agente económico preponderante, en este caso Televisa, eso quiere decir que no está acotada a la televisión abierta.
Asimismo, descartó que el Ifetel invada facultades de otros organismos reguladores, como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al involucrar compañías que no se dedican estrictamente a la telefonía, telecomunicaciones y televisión abierta.
Añadió que la Constitución obligó al Ifetel a identificar un solo agente económico preponderante para los mercados señalados, por lo que no se investigaron más empresas (como pudiera ser el caso de Televisión Azteca en radiodifusión).
María Elena Estavillo mencionó que de manera indirecta se tomaron en cuenta también las compañías que Televisa y America Móvil tienen en otros países, pero el presidente del órgano regulador advirtió que la resolución del Ifetel no podría tener efecto extraterritorial.
Susana González, El Universal, 8 de marzo.

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