No habrá censura a opiniones personales durante campañas

Las comisiones dictaminadoras de las nuevas leyes General de Partidos Políticos y General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), y reformar diversos ordenamientos en materia político-electoral, propusieron ayer al pleno del Senado diversas modificaciones sobre 80 artículos, distribuidos entre todos los ordenamientos —principalmente la Legipe—, las cuales fueron aprobadas.

Entre estas modificaciones están la realizada al artículo 78 bis, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, donde se señala que se presumirá que se está en presencia de cobertura informativa indebida cuando, tratándose de programación y de espacios informativos o noticiosos, sea evidente que, por su carácter reiterado y sistemático, se trata de una actividad publicitaria dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos  y no de un ejercicio periodístico.

Se añade en el mismo artículo, que a fin de salvaguardar las libertades de expresión e información, y fin de fortalecer el Estado democrático, no serán objeto de inquisición judicial ni censura las entrevistas, opiniones, editoriales, y el análisis de cualquier índole que, sin importar el formato sean el reflejo de la propia opinión o creencias de quien las emite.

En el artículo 209 de la Legipe se establece que está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos sus equipos de campaña o cualquier persona, lo siguiente:

La entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política o electoral de partidos, coaliciones o candidatos, en que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio,

El artículo 211 de la misma ley señala que se entenderá por propaganda de precampaña a los escritos, publicaciones, imágenes, publicaciones, grabaciones, proyecciones y expresiones que, en la precampaña, difundan los precandidatos con el propósito de dar a conocer sus propuestas y obtener la candidatura a un cargo de elección popular.

Agrega que durante las precampañas sólo se podrán utilizar artículos utilitarios textiles.

Blanca Estela Botello, La Crónica, 15 de mayo.

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