lunes, 2 de noviembre de 2009

Define voto secreto terna para CNDH

La Comisión de Derechos Humanos del Senado aprobó el acuerdo que establece el mecanismo para designar la terna de aspirantes a presidir la CNDH.

El acuerdo consta de siete artículos y señala que la terna saldrá de los 27 candidatos que comparecieron la semana pasada ante las comisiones unidas de Derechos Humanos, Justicia y Estudios Legislativos, Primera.

Indica que, al comienzo de la sesión de la Comisión de Derechos Humanos prevista para este miércoles, se procederá a "una sola ronda de discusión" sobre la situación general de los derechos humanos en el País, el papel que ha desempeñado la CNDH y el perfil que debe cubrir el nuevo titular del organismo.

Sin embargo, el acuerdo no incluye una discusión sobre cada uno de los candidatos para ver si cumplen con el perfil descrito.

Posteriormente, se procederá a la votación. Cada senador o senadora escribirá tres nombres en una cédula que depositará en una ánfora.

"Cada senador o senadora votará por tres candidatos en la cédula que le corresponda. La cédula en la que no se vote por tres candidatos será nula", indica el acuerdo.

Cumplida la votación, uno de los secretarios de la Comisión sacará las cédulas y las leerá en voz alta para que otro secretario anote los nombres de los aspirantes y el número de votos que acumula.

Leída la cédula se pasará a manos de la presidenta de la Comisión, Rosario Ibarra, para que conste el contenido de ella y se pueda reclamar cualquier equivocación. Finalmente, se hará el cómputo de votos y se declarará el resultado.

Posteriormente se asentarán en el dictamen los nombres de los tres candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos.

En caso de que exista empate entre dos o más candidatos que afecte la conformación de la terna, se realizará otra votación, excluyendo a los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos y que, por esta razón, ya formarían parte de la terna.

Aprobada la terna, no se prevé que la Comisión legislativa argumente ni justifique la elección de los candidatos, pues, según lo discutido por los senadores en la reunión de trabajo previa, se trata de desvincular a los candidatos de los partidos políticos o legisladores que los hayan propuesto.

Organizaciones que integran el Grupo Relevos, que ha monitoreado el proceso de renovación de la CNDH, cuestionaron el mecanismo de cédula, al considerar que incurre en un criterio de opacidad.




La ley dice textual...


Ley de la CNDH:

Artículo 10

El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos será elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con la misma votación calificada.

Para tales efectos, la comisión correspondiente de la Cámara de Senadores procederá a realizar una amplia auscultación entre las organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como entre los organismos públicos y privados promotores o defensores de los derechos humanos.

Con base en dicha auscultación, la comisión correspondiente de la Cámara de Senadores propondrá al pleno de la misma, una terna de candidatos de la cual se elegirá a quien ocupe el cargo o, en su caso, la ratificación del titular.
Silvia Garduño, Reforma, 2 de noviembre.

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