Con el propósito de impedir secuestros y tráfico de menores, la Ley de Migración y el reglamento respectivo prevén, como requisito, que los niños y adolescentes que pretendan salir del país (solos o con alguno de sus padres) deberán contar con permiso notariado, en el cual ambos progenitores o tutores avalen el viaje.
Sin embargo, ante la falta de una campaña de difusión amplia y eficiente sobre el particular (en septiembre de 2012 entró en vigor el nuevo reglamento de esta normatividad), los nuevos funcionarios del Instituto Nacional de Migración (INM) y de la Secretaría de Turismo determinaron aplicar ese requisito a partir del 25 de enero del próximo año para dar tiempo suficiente para que padres, personal y empresas de transporte conozcan en detalle el mecanismo.
Antes de la entrada en vigor de la Ley de Migración (2011), la solicitud de permiso para la salida de un menor, avalado por un notario público, era solicitado eventualmente como parte de los lineamientos de seguridad de las líneas aéreas. El permiso notarial se pedía –y persiste la norma– para la expedición del pasaporte cuando hay disputa legal por la custodia de los hijos o en caso de que uno de los padres no pueda presentarse a la oficina de la Secretaría de Relaciones Exteriores para dar su aval.
Ante el inicio del periodo vacacional de Semana Santa, Palmira Venero Uribe, directora jurídica del INM, confirmó que por lo pronto los menores podrán viajar sin el documento notarial.
“Esta medida (permiso de salida ante fedatario público) entrará en vigor en enero de 2014, porque el INM tiene que difundir la medida, por lo cual se está dando el término de un año para que podamos notificar a los ciudadanos”, dijo.
Entrevistada al término de una reunión en la Secretaría de Gobernación, subrayó que al viajar solo o sin sus dos padres o tutores, un menor se encuentra en estado de vulnerabilidad, por lo que con el permiso notarial se puede evitar el tráfico de menores.
El artículo 53 del reglamento de la Ley de Migración señala: “En el caso de salida del territorio nacional de niñas, niños o adolescentes o personas bajo tutela jurídica en términos de la legislación civil que vayan acompañados por un tercero mayor de edad o viajen solos, tanto mexicanos como personas extranjeras, deberán presentar documento otorgado ante fedatario público o por autoridad que tenga facultad para ello, en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela.
“Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado, según sea el caso, con su traducción cuando se trate de idioma distinto al español.”
La funcionaria –abogada especialista en derecho penal– comentó que la Ley de Migración que entró en vigor en mayo de 2011 establece los documentos que deberá portar el menor para salir del país, y el reglamento es de septiembre pasado, por lo que fue necesario abrir un periodo para procurar a la sociedad una información puntual y evitar confusiones en las terminales aéreas y terrestres.
Dijo que emitir información en los próximos meses tiene como finalidad que la sociedad se concientice de que –a partir del 25 de enero de 2014– los menores no podrán viajar si carecen de la documentación debida.
“…(actualmente) los menores pueden viajar sin el permiso notarial. (La medida) se pondrá en marcha en enero de 2014. Se trata de un documento de protección al menor que garantiza que va en tránsito con autorización de sus padres o tutores”, precisó.
Venero Uribe, titular de la dirección general jurídica, de derechos humanos y transparencia del INM, indicó que una tarea primordial de ese organismo, dependiente de la Secretaría de Gobernación, es generar condiciones de protección a la niñez.
De 2006 a la fecha, de 2 mil 582 quejas que ha recibido el INM 51 tienen que ver con hechos relacionados con niñas, niños y/o adolescentes migrantes. De ese total, en siete resultaron ciertos los hechos denunciados, por lo que el instituto debió aceptar las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, tendientes a brindar protección a los menores.
La directora jurídica del INM resaltó la existencia de diversos convenios firmados con algunos estados para que se otorgue atención médica-sicológica a los menores que hayan sido víctimas del delito; sin embargo, agregó, se requiere configurar otras vías de protección para los migrantes, de entre 12 y 17 años de edad, que no son aceptados en los albergues del DIF, especialmente en la frontera norte.
Fabiola Martínez, La Jornada, 27 de marzo.
Aplicará nueva norma para la salida de menores al extranjero
Derechos Humanos, Migración, Política Migratoria Medios México miércoles, 27 de marzo de 2013 0 comentarios
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