Las reformas, aprobadas con 310 votos favor, cero en contra y tres abstenciones, determinan la declaratoria de estado de emergencia en el país en casos de afectación grave a la seguridad, pero deja a salvo los derechos ciudadanos como la garantía a la vida, el culto religioso, y el reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas. Cambia el término establecido en la constitución de individuo por persona.
Faculta al Senado para citar a comparecer a cualquier funcionario que se niegue a acatar las recomendaciones de la CNDH y otorga a la defensoría la facultad para iniciar investigaciones por violaciones graves a las garantías individuales, que actualmente tiene la Suprema Corte de Justicia.
Los diputados proponen que las facultades de investigación recaigan en el consejo consultivo de la CNDH, pero el Senado lo rechazó.
México • Elba Mónica Bravo y Fernando Damián, Milenio, 24 de marzo.
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