Exculpa el IFE al Ejecutivo de la difusión de espots en estados donde habrá comicios

La difusión de promocionales del gobierno federal en estados donde habrá comicios fue considerada por el Instituto Federal Electoral (IFE) sólo responsabilidad de los concesionarios que los hicieron públicos.

Por tanto, determinó exonerar al Ejecutivo de cualquier sanción, pues de acuerdo con la mayoría de los consejeros, la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación acreditó haber remitido un oficio a los concesionarios para que se bloqueara la señal en las entidades donde hay procesos electorales para no violentar la legislación.

Sin embargo, esta determinación estuvo precedida de un intenso debate en el que la priísta Mariana Benítez acusó al IFE de presentar un dictamen que “es un insulto a la inteligencia”, porque en el fondo se trataba de exculpar al Presidente del bombardeo de mensajes gubernamentales que hubo entre abril y mayo.

Lamentó que el organismo electoral no se atreviera a sancionar al Ejecutivo federal, “como ocurre en otros países, donde dichas correcciones no deslegitiman las instituciones, sino las fortalecen”; su reclamo fue inútil.

El dictamen presentado por la secretaría ejecutiva, el cual fue avalado por cinco de los nueve consejeros, refiere que RTC había acreditado haber solicitado a concesionarios no transmitir los espots, por lo que no podría ser sancionada, dado que expresamente planteó no violentar la legislación.

Este argumento fue rebatido por el consejero Virgilio Andrade, quien consideró erróneo que se validara ese oficio, ya que el Ejecutivo sabía perfectamente que 44 estaciones estaban difundiendo sus promocionales en los estados donde hay elecciones. Por tanto –dijo–, están imposibilitados técnicamente para bloquear las señales, y RTC debió considerar esa situación.

Agregó que el oficio mencionado ampara la posición de RTC sólo en algunos estados y para seis estaciones, pero deja fuera Sinaloa, Puebla e Hidalgo, entre otros. Por ello, consideró que el gobierno violentó la ley que le impide difundir propaganda en procesos electorales, razón por la que pidió que se sancionara y se diera vista a la Secretaría de Gobernación.

En tanto, su homólogo Marco Antonio Gómez Alcántar acusó al gobierno federal de violar deliberadamente la ley, pues remitió pautajes a los concesionarios a sabiendas de que éstos tenían un impedimento técnico para bloquear. “Y lo hizo así con la intención expresa de incidir en las elecciones estatales”, señaló, por lo que responsabilizó a RTC de “afectar la equidad de las contiendas, pues el oficio remitido no era suficiente para impedir su transmisión, y la dependencia estaba consciente de ello”.

Con esta postura coincidió el consejero Marco Antonio Baños, para quien en la propaganda oficial hubo una violación flagrante de las restricciones constitucionales, generándose un beneficio claro. Consideró que RTC debió tener una actitud proactiva para retirar los espots una vez que se detectó su transmisión, porque fueron difundidos al menos durante 10 días.

En respuesta, el panista Guillermo Bustamante consideró “ridículas” las pretensiones priístas de involucrar al Presidente en la queja, al tiempo que subrayó que en el expediente está acreditado que RTC emitió una instrucción “contundente” para que no se publicaran los mensajes oficiales en los estados donde hay elecciones. Subrayó que en cualquier caso, la administración de tiempos oficiales es una responsabilidad que compete a RTC, no al Presidente, misma que se cumplió mediante el oficio mencionado.

Descalificó las acusaciones de Gómez Alcántar por “ridículas” y “desproporcionadas”, por omitir las instrucciones emitidas por el organismo de Gobernación. Asimismo, criticó las aseveraciones de Andrade, quien “imputó como responsabilidad gubernamental un incumplimiento de los concesionarios, pues es inconcebible que un desacato de estos derivara en una sanción a la dependencia”.

Entre los consejeros que votaron por exonerar al gobierno federal, Alfredo Figueroa se refirió a la responsabilidad de los concesionarios por difundir los espots a pesar de tener la solicitud gubernamental expresa de no hacerlo. Pidió que en este caso, la sanción no sea solamente una amonestación, sino que debería incluir multas por 5 mil 300 días de salario mínimo.

Finalmente, por cinco a cuatro se aprobó el dictamen, con el agregado solicitado por el perredista Pablo Gómez y el consejero Baños de que se mantenga la medida cautelar de suspender los promocionales hasta que concluyan los procesos electorales.
Alonso Urrutia, La Jornada, 5 de junio.

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