Pone IEDF reglas de precampañas

A menos de un mes de que comience el proceso electoral, el próximo 7 de octubre, el Instituto Electoral del DF aprobó el reglamento que marcará la contienda rumbo a los comicios del 2012 que incluyen renovar la Jefatura de Gobierno. El Consejo General del IEDF avaló el Reglamento que regula el uso de recursos públicos, propaganda institucional y gubernamental, así como los actos anticipados de precampaña y de campaña para los procesos electorales ordinarios. Los consejeros afinaron en el documento términos ambiguos del Código Electoral, por lo que establece con claridad cuáles son los actos anticipados de precampaña y sus singularidades para clasificarlos como tal. "Son actos anticipados de precampaña aquéllos que se lleven a cabo por aspirantes a candidatos o precandidatos o cualquier persona, que tengan por objeto promover, publicitar o apoyar la aspiración de una persona para ser postulada como candidato a un cargo de elección popular. "Y que se realicen en cualquier momento previo al inicio de las precampañas electorales de los partidos políticos, incluso dentro del proceso de selección interna de candidatos", explica el reglamento. En ese sentido, define a la propaganda electoral como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, promocionales, proyecciones, impresos, publicidad por perifoneo y expresiones en general, que producen, fijan y difunden los partidos políticos, candidatos y sus simpatizantes. Lo anterior con el propósito de presentar ante la ciudadanía y la militancia del partido político o coalición, sus propuestas o plataforma electoral para el cargo público al que supuestamente aspiran. Por otra parte, el documento establece que los partidos y políticos que hagan uso de publicidad exterior a través de mantas, bardas o espectaculares, y no cumplan con el Reglamento y el Código Electoral, contarán con tres días para remover su propaganda luego de su publicación y entrada en vigor. En caso de no hacerlo, quedaría constancia del acto, lo que podría llevar a negar el registro como candidato o precandidato al interesado. Previamente, el Consejo General del Instituto Electoral capitalino había lanzado el exhorto a los distintos actores políticos interesados en contender a algún puesto de elección popular a que se sometieran a los tiempos marcados por ley para evitar violaciones y posteriores sanciones. Está claro El Reglamento aprobado por el IEDF establece criterios para determinar los actos anticipados de precampaña. · Aquéllos que se lleven a cabo por aspirantes a candidatos o precandidatos o cualquier persona, que tengan por objeto promover, publicitar o apoyar la aspiración de una persona. · Que se realicen en cualquier momento previo al inicio de las precampañas electorales de los partidos políticos, incluso dentro del proceso de selección interna de candidatos. · Propaganda electoral es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, promocionales, proyecciones, impresos, publicidad por perifoneo y expresiones en general, que producen, fijan y difunden los partidos políticos, candidatos y sus simpatizantes. Oscar del Valle, Reforma, 22 de septiembre.

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