Antiabortistas se imponen con los votos de 4 ministros

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma antiaborto de Baja California, la cual protege el derecho a la vida desde la concepción. El ministro Arturo Zaldívar lamentó la decisión, al cuestionar que el máximo tribunal dejara de lado los derechos de las mujeres, entre los cuales y bajo ciertos supuestos está la interrupción del embarazo. Luego de que fueron insuficientes los votos de siete ministros que se pronunciaron por la invalidez del artículo séptimo, párrafo primero, de la Constitución de la entidad fronteriza, el cual señala que desde el momento en que el individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural o no inducida, Zaldívar aseveró que la resolución implica avasallar, desconocer, eliminar los derechos humanos de las mujeres, algo que un tribunal constitucional en ningún supuesto puede avalar. En su intervención ante el pleno, advirtió que al quedar vigente la legislación impugnada, en razón de que no se alcanzaron los ocho votos que exige la ley para invalidarla, no se tomó en cuenta que hay una diferencia esencial entre el titular de los derechos humanos como persona viva y viable (la madre) y el nasciturus (concebido), en perjuicio de los derechos de ésta. Este asunto, subrayó, tiene gran trascendencia para millones de mujeres, sobre todo porque siempre son las que al final pierden; en estos casos, las más pobres, las más humildes, las que no tienen recursos, las que no tienen cultura, lo que no es sólo profundamente injusto, sino abiertamente discriminatorio, y por tanto, inconstitucional. Insistió en que “criminalizar a la mujer, sobre todo a la más pobre, no es la solución; condenarla a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud, su vida, me parece profundamente injusto, profundamente inconstitucional. Quienes dicen que su idea no es criminalizar a la mujer, ¿por qué no nos quitamos de problemas y derogan los tipos (penales) de aborto? Sería mucho más fácil. “Quiero decir que es un falso debate de quién está a favor de la vida y quién a favor del aborto. Todos estamos a favor de la vida y nadie está a favor del aborto; el aborto no es un deporte o un hobby para las mujeres, es un drama humano al cual llega la mujer en situaciones que muchos de nosotros ni siquiera podemos imaginar. Negar a la mujer en ciertos supuestos a interrumpir el embarazo, implicaría continuar con este círculo de marginación y de discriminación. El Estado democrático tiene que respetar la pluralidad y la libertad de todas las personas. Zaldívar reivindicó el derecho de la mujer a decidir libremente sobre el número y espaciamiento de hijos; a evitar un embarazo mediante el uso de métodos anticonceptivos; a no ser penalizada por la comisión de aborto en determinadas circunstancias y a que se le otorgue un periodo en el que pueda decidir libremente si desea continuar con el embarazo. Hay casos en los cuales los derechos de la mujer se anteponen a la protección del producto de la concepción, por lo que exigirle a la mujer que necesariamente continúe con el embarazo implica una carga desproporcionada, exagerada y, consecuentemente, violatoria de sus derechos humanos. Hay decisiones que no son del ámbito del derecho penal, que son del ámbito de la conciencia de la mujer. Coincidió con el ministro presidente, Juan N. Silva Meza, en que la dignidad de la mujer y su libertad reproductiva y de decisión entran obviamente en conflicto con esta protección al producto de la concepción. No es lo mismo la protección que da el Estado a un óvulo recientemente fecundado, al que da a un feto de siete meses o al que da a un recién nacido. Aclaró que en el sistema penal en el mundo siempre se ha diferenciado el aborto del homicidio, porque se trata de dos asuntos diferentes, “porque la ciencia no se ha puesto de acuerdo en cuándo empieza la vida propiamente humana, ni filosófica ni científicamente, y este tribunal constitucional no puede determinarlo. Lo que puede determinar es que hay una protección que no es absoluta y puede ceder en ciertos supuestos en atención a los derechos humanos de las mujeres, específicamente a la dignidad de las mismas. A pesar de la vehemencia de su discurso, el futuro de la ley antiaborto de Baja California se definió desde que habló el primer orador de la sesión de ayer, Jorge Mario Pardo Rebolledo, con quien se cumplieron los pronósticos de que su perfil conservador lo inclinaría a votar por validar la reforma referida. Fuentes judiciales habían comentado que Pardo justificó, con su actuación, la decisión del presidente Felipe Calderón de proponerlo para ministro en febrero pasado, con el aval de la bancada panista en el Senado. Pardo coincidió con Margarita Luna Ramos, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Sergio Aguirre en que la norma impugnada es constitucional y que el concebido es sujeto de derechos desde la fecundación. Consideró que si la Constitución general de la República no señala cuándo se inicia la vida, las constituciones locales –como es el caso– pueden hacerlo, porque no es un asunto que esté reservado a la Federación. “No hay obligación de que haya congruencia entre legislaciones de los estados, ya que hay diferencias que, por virtud del federalismo, se deben respetar. Además de que al ampliarse los derechos ‘de un grupo’ no se restringe el de los demás (de las mujeres).” Silva Meza se sumó a la postura de Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío Díaz, Sergio Valls Hernández, Luis María Aguilar, Arturo Zaldívar y del ministro ponente, Fernando Franco, de que la norma impugnada es inconstitucional. Dejó claro que las constituciones locales están subordinadas formal y materialmente a la Constitución federal, porque existe la obligación de dispensar un trato igualitario a todas las personas que se encuentran en el territorio nacional. A diferencia del optimismo de sus compañeros, que señalaron que la reforma en Baja California no tenía por qué impactar en la despenalización del aborto en ciertas condiciones en esa entidad, el ministro presidente aseveró que es claro que la defensa absoluta del derecho a la vida del nasciturus desde el momento de la concepción desplaza en automático diversos derechos consagrados a favor de las mujeres. Dijo que la reforma obliga al estado de Baja California a crear obligaciones positivas y negativas en defensa del no nacido, a efecto de no desplegar conductas que de alguna manera puedan impedir el libre desarrollo del proceso de gestación, como serían: no dispensar servicios médicos que tengan incidencias sobre dicho proceso, como la píldora del día siguiente, la colocación del dispositivo intrauterino, la penalización del aborto o la fertilización in vitro. Silva Meza señaló que cuando los legisladores bajacalifornianos aprobaron la reforma constitucional no quedó posibilidad de instaurar algún supuesto legal para permitir la interrupción del embarazo. Una vez resuelta esta acción de inconstitucionalidad, la Corte discutirá este jueves la demanda que presentó la minoría legislativa de San Luis Potosí contra la reforma a la Constitución que también protege la vida desde la concepción. Se prevé que la SCJN también avalará las modificaciones. Fuera de la Corte se apostó un pequeño grupo de personas con grandes mantas con fotografías del ministro instructor, Fernando Franco, a quien llamaron ministro de la muerte, y otras, con las imágenes de los 11 integrantes del pleno, en las que los instaron a votar por la vida. En cuanto se oficializó la decisión, explotaron las expresiones de júbilo de los activistas en contra del aborto que se encontraban en el salón de plenos. Al salir, ofrecieron entrevistas reconociendo la decisión de la SCJN a favor de la vida, mientras algunas representantes de organizaciones a favor de los derechos de la mujer endurecieron el rosto. El grupo de manifestantes que estaba apostado frente al edificio olvidó sus consignas en contra de los ministros de la muerte y exclamaron con júbilo: ¡Gracias, ministros! Jesús Aranda, La Jornada, 29 de septiembre.

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