Con dictámenes que invalidan reformas de SLP y BC sobre el aborto, la Corte inició debate; es decisión de la mujer y de la pareja: Narro Robles

En el contexto en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de las leyes antiaborto, el presidente Felipe Calderón entró ayer al debate al subrayar que nuestro país asume a plenitud el respeto de los derechos humanos, es decir, el derecho a la vida con excepciones previstas en la ley. Calderón pretende modificar los términos en que se firmó el Pacto de San José relativos a la protección de la vida desde la concepción para refrendar el compromiso “con el derecho a la vida”. En 1981, cuando se adhirió al Pacto de San José, México formuló una “declaración interpretativa” para aclarar la obligación establecida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos de proteger “en general” el derecho a la vida a partir del momento de la concepción. “Dicha disposición no constituye obligación de legislar para proteger la vida desde la concepción, dejando claro que los Estados conservan el derecho de prever excepciones en su legislación, como es el caso de excluyentes de responsabilidad en casos de aborto”. Al considerar que la declaración interpretativa ya no tiene razón de ser en virtud de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del 2011, el mandatario solicita al Senado retirar dicha reserva adoptada por México. En un comunicado, se informó que el presidente Calderón sometió a la aprobación del Senado la decisión de retirar dicha declaración interpretativa con lo cual, sostiene el gobierno federal, “México refrenda un compromiso con el derecho a la vida como un bien jurídicamente tutelado por el derecho mexicano”. Según el gobierno federal, el retiro de la declaración interpretativa no tendría como consecuencia la modificación de las restricciones penales en materia de delitos contra la vida ni la regulación del aborto, “toda vez que, por ejemplo, la expresión “en general permite que la legislación civil y penal ordinaria puede preservar, en concreto, agravantes, atenuantes o excluyentes de responsabilidad” respecto al derecho a la vida. Cecilia Téllez Cortés, La Crónica, 27 de septiembre.

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