Iniciativa de FCH da más poderes a la policía

El presidente Felipe Calderón envió ayer a la Cámara de Diputados una iniciativa para crear en un nuevo Código Federal de Procedimientos Penales que faculta a la policía a revisar a las personas y sus pertenencias, “en caso de flagrancia o cuando existan indicios de que oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos, objetos o productos” vinculados con el delito que se investiga. La policía, señala el texto, podrá solicitar a cualquier persona “la aportación voluntaria de muestras de fluido corporal, vello o cabello, exámenes corporales de carácter biológico, huellas digitales, extracciones de sangre”, así como tomarle fotografías en alguna parte del cuerpo, “siempre que no implique riesgos para la salud y la dignidad”. La revisión, explica, consistirá en una exploración externa de la persona y sus pertenencias, “en la que no se ausculten intimidades naturales de la misma, y deberá realizarse en un lugar que resguarde la dignidad de la persona en forma adecuada” y por personas del mismo sexo. De igual forma, podrá realizar la inspección de vehículos “cuando existan indicios de que en éste se ocultan personas, instrumentos, objetos o productos relacionados con el delito que se investiga”. En caso de que el propietario se niegue a autorizar la inspección “la policía podrá sellar y trasladar el vehículo al Ministerio Público” para que éste valore solicitar al juez la autorización para la inspección respectiva, añade la propuesta. CATEOS. Añade que la autoridad podrá prescindir de la orden de cateo para la revisión de templos religiosos, oficinas y locales públicos, establecimientos militares y de reunión o recreo, en caso de que se presuma la comisión de un delito. Propone que cuando en la investigación, el titular de la PGR o a quien se delegue la facultad consideren necesaria la intervención de comunicaciones privadas, solicitarán la intervención de las comunicaciones privadas por escrito “o por cualquier medio informático al juez competente”, expresando el objeto y necesidad de la intervención. En el texto propuesto por el Ejecutivo se establece la posibilidad de que el Ministerio Público pueda ordenar, sin orden judicial de por medio, “detenciones urgentes por riesgo de fuga”, en un listado de más de 70 delitos clasificados como graves. Entre éstos, se incluyen algunos relacionados a las Leyes de Ahorro y Crédito Popular, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. La iniciativa contempla restricciones a los medios de comunicación para difundir casos de secuestros y situaciones que pongan en riesgo a testigos o la privacidad de menores de edad, así como legalizar la videograbación de juicios y audiencias. Cuando se tengan indicios de que está en peligro la vida o integridad física de una persona, “la policía no requerirá la autorización para la inspección y, salvo que las circunstancias lo impidan, la diligencia podrá ser videograbada”, añade el texto. SIN ORDEN JUDICIAL. Por lo que hace al capítulo relativo a las “Técnicas de investigación”, la iniciativa del Ejecutivo enlista las actuaciones “que no requieren control judicial”, entre las que se encuentran la inspección del lugar del hecho o del hallazgo; del sitio distinto a éste; la revisión de personas; corporal y de vehículos, así como el levantamiento e identificación de cadáver, además de la aportación de comunicaciones entre particulares y el reconocimiento de personas. Tampoco lo requerirán las operaciones encubiertas y las entrevistas a testigos, además de que “cuando un testigo se niegue a entrevistarse (con la policía), será citado por el Ministerio Público o en su caso por el juez de control. Y en cuanto a la “Suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral”, la iniciativa señala que el juez, a solicitud del MP, podrá ordenar como medida cautelar dicho cese a quien se le atribuye la posible comisión de un hecho que la ley señale como delito, cometido con motivo del ejercicio de su profesión o empleo. El proyecto, considerado como el eje de la reforma para implementar los juicios orales, está integrado por 595 artículos y 11 transitorios, en cuyo cuerpo se señala que el inculpado, para demostrar su inocencia, podrá hacerlo “por cualquier medio, incluso digital”, siempre que no vaya contra el derecho, a juicio del juez o tribunal. Durante la sesión ordinaria en San Lázaro, el presidente de la Cámara, Emilio Chuayffet, turnó la iniciativa a comisiones, luego de que apareció publicada en ayer en la Gaceta Parlamentaria. Luciano Franco, La Crónica, 23 de septiembre.

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