Lo anterior afirmó la Consejería Jurídica del Ejecutivo, al contestar las 2 controversias constitucionales promovidas por el Congreso para impugnar el decreto publicado el 2 de septiembre.
"Considerar que la 'autonomía' otorgada por ley a la Cofetel debe entenderse respecto del Presidente de la República, depositario único del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, significaría darle a un órgano desconcentrado de la Administración Pública Federal Centralizada el tratamiento de organismo Constitucional autónomo", dice el documento presentado a Olga Sánchez Cordero, ministra de la Suprema Corte de Justicia encargada de las controversias.
"Dicha Comisión conserva la naturaleza jurídica de un órgano administrativo desconcentrado, carente de personalidad jurídica propia y, por ende, su 'autonomía' puede únicamente, en todo caso, entenderse referida al S, pero no respecto del Titular del Supremo Poder Ejecutivo", agrega.
El alegato central del Congreso es que el Presidente Felipe Calderón invadió atribuciones de la Cofetel al publicar el decreto, que creó una Comisión Intersecretarial para coordinar los trabajos del llamado "apagón digital".
En su contestación, presentada el 8 de diciembre, el Ejecutivo federal se basó en buena parte en el criterio de la Corte al resolver en 2007 el juicio por la llamada Ley Televisa, cuando definió a la Cofetel como órgano adscrito a la SCT que solo tiene autonomía técnica.
"¿Qué sucede con aquellas decisiones que no son estrictamente técnicas y que están vinculadas con la ejecución de una política pública de telecomunicaciones?", cuestionó el Ejecutivo.
Firmado por el consejero jurídico Miguel Alessio Robles, el documento señala que el decreto tiene medidas que la Cofetel no hubiera podido dictar, que involucran a varias dependencias y van más allá del ámbito técnico de las telecomunicaciones.
Recuerda que la transición digital no inició con este decreto, sino con un acuerdo de 2004, y que el apagón analógico liberará espacio en la banda de 700 megahertz, que cuando fue licitado en 2008 en Estados Unidos para telefonía móvil de cuarta generación, permitió recaudar 19 mil millones de dólares.
El Ejecutivo también afirmó que el Congreso ni siquiera tiene interés legítimo para combatir el decreto, porque no tiene incidencia alguna sobre sus atribuciones, siendo que las controversias constitucionales sólo existen para proteger las facultades de cada Poder.
"Es claro que las cámaras carecen de interés legítimo para promover el presente juicio, en defensa de la esfera competencial de un órgano desconcentrado (Cofetel), subordinado al Presidente de la República".
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