Descarta Tribunal Electoral conteo rápido para las elecciones presidenciales

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el procedimiento de conteo rápido que pretendía llevar a cabo el Instituto Federal Electoral (IFE) con el propósito de obtener una estimación preliminar de la votación de la elección presidencial del próximo 1 de julio, al considerar que ese mecanismo podría generar incertidumbre y confusión en el electorado.

Los magistrados estimaron fundados los agravios formulados por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), que cuestionó la puesta en operación de conteo rápido, así como de la creación de un Comité Técnico Asesor para implementarlo.

La autoridad administrativa electoral, señala la sentencia, empleó razonamientos imprecisos al aprobar el acuerdo para la instrumentación de un conteo rápido el día de la jornada electoral federal.

Refiere que ya existe otro método establecido en la ley para proporcionar información preliminar sobre las tendencias del voto emitido por los electores en las urnas, que es el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), por lo que la aplicación de un método como el conteo rápido podría generar confusión en el electorado.

Al respecto, el consejero electoral Sergio García Ramírez señaló que al no realizarse conteo rápido por parte del IFE el 1 de julio, "habrá un vacío informativo de carácter oficial".

Señaló que ese vacío oficial  sería llenado "con otras voces, con sus propias fuentes de información".

Recordó que el IFE se había propuesto, con el conteo rápido, "tener una voz oficial, fundada, documentada, sustentada, para informar a la opinión pública, hacia las once de la noche, que era lo que se tenía como estado de la votación en ese momento. No era una anticipación de la decisión, a propósito del cómputo, pero sí era una aproximación".  

Dijo que los consejeros electorales analizarán la sentencia del Tribunal y con base en eso fijará un posicionamiento al respecto, aunque resaltó que las sentencias del Tribunal son definitivas y para el IFE son vinculantes.

En tanto, el consejero Alfredo Figueroa dijo que la determinación del Tribunal es "una determinación contraria a la historia de la transición política del país".

Resaltó que no ha habido un proceso electoral desde el 2006 que no haya tenido un conteo rápido, realizado por el IFE, en todos los casos de manera directa, y en el 2000 realizado por empresas privadas contratadas por el IFE.

Cuestionado sobre si queda abierta la posibilidad de que el IFE realice el conteo rápido, Figueroa dijo que "a partir de lo que haya resuelto el tribunal y de lo que representa su determinación, veremos si hay condición de legalidad para poder hacer un conteo rápido o esto queda desechado de manera definitiva".


Blanca Estela Botello, La Crónica, 6 de mayo.

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