Criminalización, fuente de abuso de autoridades

Dice el artículo 123 de la Ley General de Población (LGP): “Se impondrá pena de hasta dos años de prisión y multa de 300 a 5 mil pesos al extranjero que se interne ilegalmente al país”.

Esta disposición, que ha permanecido vigente durante 34 años, es suficiente para afirmar que en México la inmigración indocumentada es considerada un crimen. Y el crimen se sanciona con cárcel y multa.

Esta equiparación de la acción de la inmigración irregular con la comisión de un crimen es, al menos, desproporcionada. Quien se interna al país sin la documentación migratoria requerida comete una falta administrativa, a la que correspondería una sanción administrativa, como lo es, por ejemplo, su aseguramiento y su devolución a su país de origen.

En realidad, esto es lo que hace la autoridad migratoria: asegurar al migrante indocumentado y enviarlo a su país.

Sin embargo, se ha mantenido vigente la amenaza para el migrante.

No sólo el migrante que se interna en el país sin documentos es criminalizado: los artículos del 118 al 125 de la LGP establecen las sanciones relacionadas con los migrantes. Hay penas corporales y económicas para quien, habiendo sido expulsado, vuelva internarse al país sin documentos; para quien permanezca en México más allá del tiempo autorizado; para el que realice actividades diferentes de aquellas que mencionó cuando ingresó al país; y para quien se ostente con una calidad migratoria distinta de la que le otorgó la Secretaría de Gobernación. Las penas van desde 18 meses hasta diez años de cárcel.

Quienes más padecen las consecuencias de la penalización de la migración son los transmigrantes irregulares. Basta la letra de la ley para que malos servidores públicos, en su mayoría los elementos de las más diversas corporaciones policíacas de los tres órdenes de gobierno, amenacen y extorsionen a los migrantes. La sola mención de la sanción coloca a estos agentes del Estado en una doble posición de fuerza que aumenta la ya de por sí acentuada vulnerabilidad de los migrantes sin papeles.

La criminalización de los migrantes irregulares no sólo es una de las principales causales de las conductas arbitrarias de las autoridades: también la delincuencia común y organizada la capitaliza en su favor, pues todos aquellos que abusan de los migrantes o cometen delitos en su perjuicio están conscientes de que los migrantes no tienen un acceso real a la justicia. Y que no denunciarán porque saben que serán expulsados del país y, además, temen ser encarcelados.

Este círculo pernicioso de la amenaza, el abuso, el silencio y la impunidad se ha repetido una y otra vez a lo largo de más de tres décadas. No se trata de especulaciones: miles de personas ha sido víctimas de una disposición a la que, por no aplicarse, algunos consideran inocua, cuando en realidad es fuente diaria de atrocidades y de violación a los derechos humanos.

Es preciso estar consciente de la gravedad de los efectos: durante todo este tiempo el Estado Mexicano ha mantenido vigente un escenario y un marco legal propicio para la agresión, el asalto, el robo, la extorsión, la humillación, la violación sexual, el secuestro y la trata de migrantes.

Por ello es de la mayor importancia que el Senado discuta y vote la minuta enviada por la Cámara de Diputados relativa a la derogación de los artículos de la LGP que establecen sanciones corporales para los migrantes irregulares.

Los diversos intentos de algunos legisladores estadounidenses por penalizar la migración indocumentada en su país, así como la puesta en marcha del Operativo Tolerancia Cero, mediante el cual se ha sentenciado a mexicanos a penas de cárcel hasta por seis meses, han merecido, y merecen, el reclamo de México y la demanda de que no se criminalice a nuestros connacionales que han entrado a EU de manera irregular.

Este es un reclamo legítimo que debería tener su correspondiente atención en nuestro país. Un mínimo de congruencia, un principio ético y el criterio jurídico de proporcionalidad entre la pena y su sanción, así lo demandan.

Con excepción de lo que se refiere a los traficantes de personas, la lucha en contra del crimen no está en el escenario de la migración.

Texto de Mauricio Farah Gebara, El Universal, 18 de abril.



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