Los ministros ratificaron la votación de 8 contra 3 que ya habían perfilado en sus intervenciones de martes y miércoles.
Los 8 votos son suficientes para establecer jurisprudencia sobre múltiples temas, cuyos criterios serán obligatorios sólo para tribunales y juzgados, pero podrían guiar a otras legislaturas en reformas similares.
La Corte también rechazó por 9 a 2 el argumento final de la CNDH y la PGR, de que ciertos términos de la reforma legal son confusos y por tanto viola principios de certidumbre y exacta aplicación de la ley penal.
El Código Penal del DF hace referencia a la "interrupción del embarazo", un término que también es aplicable, por ejemplo, a las cesáreas, alegaron los demandantes.
El proyecto del ministro Salvador Aguirre proponía hacer una "interpretación aclarativa", para señalar que sólo están penadas las interrupciones del embarazo posteriores a las doce semanas que resulten en la muerte del producto.
Pero la mayoría consideró que las normas sí son claras y no se necesita alguna interpretación de la Corte para entenderlas.
"Somos una Corte absolutamente permisiva a favor del legislador ordinario", replicó Aguirre.
José Ramón Cossío fue designado para redactar la versión final de la sentencia, lo que tomará algunas semanas.
DEFENSA FINAL
Aguirre Anguiano dirigió un mensaje final para defender su proyecto, que proponía invalidar la despenalización, y que solo fue apoyado por Mariano Azuela y Guillermo Ortiz.
En tono mesurado, Aguirre advirtió que su mensaje no estaba dirigido a los medios de comunicación, sino a los profesionales del derecho.
Elogió la "valentía y entereza intelectual" de sus colegas, pero dijo que la Constitución protege la vida desde la concepción.
"Negarle (al embrión) el carácter de ser humano equivale a repetir el error histórico de cosificar a ciertos seres humanos por conveniencias políticas e ideológicas", afirmó.
Cuestionó el porcentaje de la población del DF que representan las más de 10 mil mujeres que han abortado desde la reforma. "¿La mera repetición de una conducta la legitima y la hace lícita?".
Aguirre dijo que la despenalización del aborto, en cierto sentido, es equivalente a despenalizar el secuestro, o castigarlo sólo según la edad del secuestrado.
También recordó que, en 2002, los ministros Genaro Góngora, Juan Silva y José de Jesús Gudiño suscribieron un voto particular sobre el aborto en casos de violación:
"Si bien el Estado no puede autorizar a una mujer a abortar, pues ello conculcaría el derecho a la vida del producto de la concepción, tampoco puede obligar a la mujer a tener un hijo cuando se encuentra embarazada por causas ajenas a su voluntad".
Víctor Fuentes, Reforma, 29 de agosto.
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