La propuesta de condonación, aprobada sólo con el voto en contra del consejero presidente, Leonardo Valdés, fue fuertemente cuestionada por el representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Pablo Gómez: “Esto es un virtual perdón (a Nava) después de una resolución jurisdiccional de un tribunal que resultó condenatoria”, dijo al reprochar la propuesta promovida por el consejero Marco Antonio Baños.
En ese contexto, los consejeros rechazaron por 5 a 4 la propuesta perredista de que se diera vista a la unidad de fiscalización a efecto de que se investigara –y eventualmente se computara– el costo de lo publicado en la revista como parte del gasto de campaña del ahora diputado. En contraste, los consejeros que votaron en contra –entre ellos Arturo Sánchez– argumentaron que ello ya supondría que hubo una donación en especie, sobre lo cual no había elementos.
De entrada, el secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, dijo que se acataban los nuevos criterios emitidos por el tribunal electoral en el caso de Nava. Acto seguido, Baños planteó su apoyo al conjunto del dictamen sobre el ahora dirigente nacional del PAN.
La propuesta generó consenso entre sus homólogos y el respaldo incluso de Acción Nacional, que sin embargo cuestionó los alcances de la decisión del TEPJF en voz de su representante Guillermo Bustamante, quien rechazó que su partido haya estado involucrado en la contratación de promocionales.
Con matices, algunos consejeros expresaron su disenso con respecto a los alcances de la resolución e incluso el consejero Marco Antonio Gómez Alcántar dijo que votaría en favor “sólo por acatamiento”, pero no por convicción. A su juicio, determinar una multa por el espot de una revista solamente introducía mayor subjetividad en las valoraciones sobre estos temas, que “son los más explosivos y menos recomendables para la autoridad” electoral.
En su momento, el consejero, Alfredo Figueroa destacó la importancia del resolutivo del tribunal para aplicar estos criterios en lo sucesivo; sin embargo, se extrañó de que los candidatos también sean responsables de la llamada culpa en vigilando. En este caso, de acuerdo con el dictamen, por no haber previsto la difusión de promocionales que introducían desigualdad en la contienda.
A su vez, el consejero Virgilio Andrade deslizó una inconsistencia en las instrucciones de los magistrados del TEPJF: “Resulta que hoy el IFE va a sancionar por primera vez a un funcionario público directamente, por lo que estamos estableciendo un precedente fundamental, pero no debemos olvidar la situación actual: es diputado federal, tendría incluso fuero para algunos efectos, pero hoy lo estamos rompiendo”, dijo.
Al cierre de esta edición, el Instituto Federal Electoral aprobó nuevas multas millonarias al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y a TvAzteca, en esta ocasión por la difusión de espots de la revista Vértigo, en la que aparecieron en portada el Verde y el Partido Nueva Alianza (Panal). Bajo los nuevos criterios, se determinó multar con 4 millones de pesos a Televisión Azteca y con 3 millones al PVEM (en ambos casos con antecedentes de estas prácticas); además, con 645 mil 348 pesos a Nueva Alianza y 235 mil a la revista Vértigo.
Por su parte César Nava, dirigente nacional del PAN, anunció ayer que de nueva cuenta impugnará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la multa que le impuso el IFE por el caso de la entrevista que concedió a la revista Poder y Negocios, la cual fue ampliamente promocionada en televisión al inicio de la campaña electoral rumbo a los comicios del 5 de julio pasado.
Consideró que en el fondo de este caso se encuentra el debate sobre la libertad de expresión, luego de señalar que no es momento de concebir o callar ante la cerrazón o la censura de este derecho. La libertad de expresión de los candidatos y de los partidos políticos, así como de los medios de comunicación, es lo que está en el fondo de esta polémica, insistió.
A su vez, el tribunal electoral devolvió ayer al IFE el expediente relacionado con la publicación de desplegados que en periodo de campaña promovió la fracción del Partido Verde Ecologista de México, violando las restricciones de la propaganda oficial en el periodo, a efecto de que rectifique si va a sancionarlo por actuar con dolo o porque no impidió su difusión por negligencia, en cuyo caso caería en el supuesto de culpa in vigilando.
En su momento, el IFE había aplicado una sanción de 2.5 millones de pesos a ese partido argumentando ambos supuestos, lo cual a juicio de los magistrados es indebido.
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