Confirman sanciones por dejar anuncios

El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) confirmó ayer dos multas en contra de los candidatos a jefes delegacionales, Maricela Contreras, del PRD, y Adrián Ruvalcaba, del PRI-PVEM, por incumplir con el retiro de propaganda.

A la aspirante a delegada en Tlalpan se le ratificó una sanción económica de 125 días de salario mínimo, equivalentes a 7 mil 791 pesos; mientras que al candidato en Cuajimalpa, le fue confirmada una multa de 56 días de salario, esto es, de 3 mil 490 pesos.

En ambos casos, las multas fueron porque los aspirantes no cumplieron con la medida cautelar requerida por la Comisión de Asociaciones Políticas del Instituto Electoral del DF (IEDF), de retirar propaganda o lo hicieron de manera parcial, y por tanto, esa instancia les impuso las sanciones económicas.

Ante esa situación, la abanderada de la alianza de las izquierdas en Tlalpan y el aspirante del PRI-PVEM en Cuajimalpa impugnaron sus respectivas multas ante el TEDF, la primera con el argumento de que la comisión del IEDF no motivó debidamente la sanción, y el segundo alegó falta de dinero para poder cumplir con el retiro de la propaganda.

"La actora (Contreras) se duele de que la autoridad responsable le impuso una sanción, sin motivar debidamente su resolución, ya que no analizó las razones que le impedían retirar la propaganda, tales como que se encuentra en el dominio y propiedad de un tercero.

"Se propone declarar inoperante el agravio, ya que se trata de argumentos que ya fueron resueltos por este Tribunal en el juicio electoral 22 del presente año, por lo que los mismos ya no pueden estar de nueva cuenta sujetos a discusión ni mucho menos a pronunciamiento por parte de este Pleno", señala el proyecto de sentencia aprobado ayer en sesión pública del Pleno del TEDF.

La perredista ya había recurrido al tribunal, para impugnar la multa del IEDF por el mismo caso, y el 16 de abril, los magistrados electorales resolvieron que el instituto electoral modificara la sanción en su contra, por lo que esta vez, al no presentar argumentos diferentes, confirmaron la medida de apremio.

En el caso de Ruvalcaba, el Pleno del TEDF declaró infundados los agravios aducidos por el candidato, consistentes en que la autoridad responsable desestimó su imposibilidad para cumplir en tiempo y forma con el retiro de la propaganda, porque no tomó en cuenta las circunstancias personales ni económicas que le impidieron el retiro total de la misma.


Alberto Acosta, Reforma, 25 de mayo.

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