El TEPJF rechaza la cadena nacional y revoca conteo rápido

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la petición del Movimiento Progresista de que el debate de este domingo sea transmitido en cadena nacional.

El TEPJF también determinó que el IFE deberá continuar las gestiones para que "se propicie" la transmisión del debate en todas las entidades y poblaciones donde aún no se tenga certeza de que será difundido.

El Tribunal desestimó los agravios formulados por el Movimiento Progresista, que se inconformó con la negativa del Consejo General del IFE para solicitar a la Secretaría de Gobernación que el debate se difundiera en cadena nacional.

De acuerdo con la sentencia del Tribunal, no se pueden imponer mecanismos que conviertan el derecho a la información en una obligación, como ocurriría si el debate se transmitiera en cadena nacional.

En la sentencia, aprobada el viernes a la media noche por unanimidad, el Tribunal estableció que el derecho a la información en el ámbito político-electoral, no se agota con la transmisión de los debates entre candidatos.

El Movimiento Progresista argumentó en su impugnación que el IFE dejó de cumplir con su finalidad de contribuir al desarrollo de la vida democrática y de promover el respeto de los derechos ciudadanos y electorales.

En la sentencia, el TEPJF consideró que el IFE no dejó de cumplir con dichas funciones, pues realizó diversas actuaciones encaminadas a promover la adecuada difusión del debate.

Entre estas actuaciones, dijo, se encuentran la creación de la comisión temporal encargada de elaborar y proponer los lineamientos criterios o bases para la realización de los debates y la formación de un Comité Técnico que sugeriría los formatos para la celebración de los debates entre candidatos.

Durante la discusión, el magistrado presidente, José Luna Ramos, dijo que los debates constituyen un espacio para que los candidatos confronten sus posiciones antagónicas respecto de los temas que conforman sus respectivas propuestas de campaña y programas de acción, a fin de posicionarse frente al electorado como la mejor opción, y su difusión permitirá que mayor número de ciudadanos puedan acceder a los mismos.

El magistrado Manuel González consideró que los debates difundidos por radio y televisión son fundamentales para la orientación cívica de la población y permiten que los candidatos puedan discutir los problemas, las plataformas, las virtudes o los defectos que su propia orientación puede tener.

Dijo que si bien no existe un derecho fundamental violado, como lo señala la coalición, sí existe una obligación legal del IFE para que tome todo lo necesario, a efecto de cubrir todo el territorio nacional para que se difunda el debate.

Resaltó que el Instituto tiene la obligación de garantizar la transmisión de los debates en el mayor número posible de estaciones y canales.

 El magistrado Salvador Nava dijo que la negativa del IFE para solicitar a la Secretaría de Gobernación la cadena nacional para la difusión del debate no viola los artículos primero y sexto de la Constitución, pero consideró que el IFE sí puede hacer más para garantizar la difusión del debate, tal como lo establece el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

El magistrado Constancio Carrasco indicó que el IFE cuenta con elementos suficientes para saber, en este momento, qué cobertura está alcanzando la difusión del debate presidencial y a partir de ello tendrá que redoblar esfuerzos para lograr una mayor cobertura, tomando en cuenta que éste es un tema cuya instrumentación "está protegiendo de manera eficaz derechos humanos que son indispensables en una democracia deliberativa".


Blanca Estela Botello, La Crónica, 6 de mayo.

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