Buscan con ley obediencia a IFE

El Senado aprobó ayer una reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión para establecer con claridad las obligaciones de los concesionarios en materia electoral.

Las modificaciones fueron avaladas por 75 votos a favor de senadores del PAN, PRI, PRD, PVEM y Panal.

En el artículo 79-A se establece que las estaciones de radio y las televisoras deberán atender las determinaciones del Instituto Federal Electoral (IFE) y poner a su disposición los tiempos del Estado, equivalentes a 48 minutos diarios por estación o canal.

En la fracción IV se detalla que los concesionarios deberán transmitir íntegramente los mensajes y programas que ordene el IFE en los horarios señalados en las pautas.

Con ello, las televisoras quedarán impedidas para alterar las pautas o exigir requisitos técnicos adicionales a los aprobados por el órgano electoral.

En el artículo 12-A se establece que el IFE será la autoridad única para la transmisión en el tiempo del Estado durante periodos electorales.

En su esfera de competencia, apunta, tendrá la facultad de requerir a permisionarios y concesionarios la difusión de los programas y mensajes que deberán transmitirse en los tiempos del Estado.

En el dictamen se señala que fuera de los periodos de precampaña y campañas electorales federales, el IFE tendrá hasta 12 por ciento del tiempo total del Estado.

El artículo 64 advierte que los medios electrónicos no podrán transmitir programas, mensajes o cualquier otro material que contravenga lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales (Cofipe).

La reforma reitera que las empresas deberán entregar al IFE la información que solicite, suspender toda la propaganda gubernamental durante las campañas electorales y no comercializar tiempo a los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular.

Aunque los cambios están basados en el proyecto del panista Ricardo García Cervantes, que contemplaba hasta la revocación de la concesión como castigo, la redacción final fue suavizada.

La propuesta original señalaba que, en caso de infracciones graves y sistemáticas al Cofipe, el Consejo General del IFE podría solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) la revocación de la concesión o permiso.

Sin embargo, el dictamen final sólo autoriza al IFE a informar a la autoridad responsable.

El senador panista Santiago Creel explicó que quedará en manos de la SCT revocar o no la concesión a una empresa.

"Dependiendo de las violaciones, se puede llegar a ese supuesto (de revocar la concesión)", indicó.

Se trata, explicó, de una reforma "espejo" de los cambios legales y constitucionales aprobados por el Congreso en materia electoral.

Detalló que los concesionarios quedan sujetos a los procedimientos de sanción establecidos en el Cofipe, que pueden llegar hasta la suspensión de la publicidad durante 36 horas como castigo máximo.

Por su pasrte, Carlos Sotelo, presidente de la Comisión de Radio y Televisión en el Senado, justificó el sigilo con el que fue negociada y votada la reforma, que de hecho no estaba incluida en el orden del día de la sesión de ayer.

"Fuimos discretos porque así lo ameritaba el tema, sobre todo porque conocemos del peso de los operadores de las televisoras", señaló.




Las reglas

El Senado aprobó reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que establecen que el IFE:


· Será la autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión en periodos electorales.

· Puede requerir a permisionarios y concesionarios la difusión de programas y mensajes conforme a las pautas aprobadas por el Instituto.

· Tendrá a su disposición 48 minutos diarios en cada estación de radio o canal de televisión en periodos electorales.

· Dará cuenta a la autoridad competente de infracciones graves y sistemáticas al Cofipe por parte de concesionarios o permisionarios.
Claudia Guerrero, Reforma, 18 de febrero.

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