El pasado 27 de enero, el Instituto Federal Electoral (IFE) declaró infundada una queja presentada por el PRI en contra del PAN en el Distrito X de Michoacán, por dichos espectaculares, bajo la leyenda “Acción es…”
Ayer, los magistrados del Tribunal coincidieron que la libertad de expresión es un “derecho fundamental” de los institutos políticos.
En sesión pública se argumentó que la base para declarar que la propaganda del PAN no es contraria a Derecho es que “la restricción legal que existe para utilizar para fines distintos los programas de desarrollo social está dada especialmente para los servidores públicos y las autoridades de los tres órdenes de gobierno, pero no para los partidos políticos”.
Se dijo que el Poder Legislativo no previó algún tipo de fracción ni sancionó la conducta consistente en que los partidos realicen propaganda política con referencia a actividades o programas sociales de gobierno.
Durante la sesión, el Tribunal también revocó un acuerdo del IFE mediante el cual se desechó una denuncia presentada por el PRI por una presunta “promoción indebida” de su imagen personal de Felipe Calderón y Miguel Ángel Yunes Linares, a través de la página de Internet del ISSSTE.
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