Consejeros sí multarían a Sky por no programarlos

De acuerdo al requerimiento que envió el IFE a Sky, al no transmitir supuestamente los spots partidistas que le envió el órgano electoral durante el fin de semana pasada, esa televisora podría ser infraccionada por violentar los artículos 74 párrafo 3 que establece que “los concesionarios y permisionarios de radio y televisión no podrán alterar las pautas ni exigir requisitos técnicos adicionales a los aprobados por el comité”.

También el artículo 350 párrafo 1 inciso C que a la letra dice :Constituyen infracciones al Cofipe por parte de los concesionarios o permisionarios de radio y televisión el incumplimiento, sin causa justificada, de su obligación de transmitir los mensajes y programas de los partidos políticos y de las autoridades electorales conforme a las pautas aprobadas por el IFE.

De igual manera a Sky se le estaría aplicando el artículo 354 párrafo 1 inciso F del Cofipe, donde se establece que se podrían hacer acreedores a una sanción que va desde la amonestación pública hasta una multa de 100 mil días.
Alejandro Páez, Crónica, 6 de febrero.

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