Decomisará GDF bienes del hampa

El próximo lunes entra en vigor en el Distrito Federal la Ley de Extinción de Dominio, que facultará a las autoridades capitalinas para apropiarse de los bienes o predios utilizados para actividades ilícitas como el secuestro, la trata de personas, el robo de vehículos y la delincuencia organizada.

Para la aplicación de esta ley han sido capacitados 40 agentes del Ministerio Público y se trabaja en la redacción del reglamento que, entre otras cosas, detallará cómo procederán las autoridades para declarar el traslado de la posesión al gobierno local, el cual destinará esos bienes al bienestar social.

Un elemento que destaca de esta ley es que en los artículos 19 y 20 se permite que cualquier persona presente una denuncia sobre los ilícitos arriba señalados y formule la descripción de los bienes que presuma como producto de la delincuencia.

La persona que contribuya a la obtención de pruebas para ejercer la extinción de dominio recibirá entre 2% y 5% del valor comercial de los bienes quitados a la delincuencia.

La extinción de dominio se declarará sobre aquellas posesiones que sean instrumento, objeto o producto del delito y se perderá el derecho sobre los mismos aunque no se haya dictado una sentencia que determine responsabilidad penal, “pero existan elementos suficientes para determinar que el delito ocurrió”, se establece en esta ley.

También se aclara que la absolución del presunto delincuente en el proceso no prejuzgará respecto a la legitimidad del bien decomisado, por lo que al quedar en libertad deberá demostrar su legítima posesión.

Además se aclara que procederá la extinción de dominio en contra de aquellos bienes que no sean producto del delito, pero que hayan sido utilizados para ocultar o mezclar posesiones generadas de actividades ilícitas.

Se perderá la posesión aunque el dueño no esté relacionado directamente con los delincuentes. Bastará con que el propietario haya tenido conocimiento de la actividad ilícita y no lo haya notificado a las autoridades.

Procederá la acción cuando se trate de bienes utilizados para cometer delitos y que después hayan sido heredados.

La Ley de Extinción de Dominio para la capital del país fue el resultado de una reforma a la Constitución que le da atribuciones a los gobiernos federal y de las 32 entidades para arrebatarle sus bienes a la delincuencia.

En el Distrito Federal, Marcelo Ebrard, jefe de Gobierno, ha dicho en distintos momentos que para combatir de fondo a la delincuencia hay que dañar su patrimonio. En la ciudad y antes de que entrara en vigor esa normatividad, ya se habían expropiado terrenos que eran utilizados para la venta de drogas, de autopartes y el robo en general, como la vecindad de Tenochtitlán 40, en Tepito, el predio La Ford en Iztapalapa y dos vecindades en la colonia Santa María La Ribera.

En los artículos transitorios de esa legislación también se establece que el jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard, contará con 60 días para realizar cambios administrativos en áreas como el Ministerio Público, para el adecuado funcionamiento de la norma, como la existencia de agencias especializadas en extinción de dominio.

También se señala que en el Tribunal Superior de Justicia del DF deberán existir juzgados especializados en la materia y mientras éstos se crean, serán los juzgados de lo civil los que conozcan de ese procedimiento.
Alberto Cuenca, El Universal, 8 de marzo.

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