Justifica el instituto el uso de doble rasero para atender “problemáticas”

En carta aclaratoria para la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), el IFE señaló que “la problemática” de las permisionarias públicas que ha sido analizada por el Consejo General del instituto es de “naturaleza diferente” a la de concesionarias privadas.

“Las causas de la conducta, las infracciones al código electoral, el tipo de programación que se maneja, etcétera, son los elementos objetivos que han conducido hacia resoluciones diferentes”, señala, en la misiva, Edmundo Jacobo Molina, secretario ejecutivo del instituto.

Cabe precisar que los afiliados a la CIRT (concesionarios de radio y televisión, que explotan el espacio radioeléctrico con fines de lucro) se han quejado de que el IFE tomara dos medidas para fijar sus resolutivos y sanciones: una para ellos y otra para permisionarios (operadores de emisoras, por ejemplo culturales).

El árbitro electoral indica que, no obstante, escucha, toma nota del llamado de la CIRT y con base en la experiencia que arroja la primera precampaña en la historia electoral de México, “se compromete a reforzar sus criterios, la congruencia de sus resoluciones y los elementos que brinden certeza a los actores y todos los sujetos regulados por la ley electoral”.

En la carta, fechada el 13 de marzo, el IFE “reconoce y agradece el esfuerzo extraordinario” de los afiliados a la CIRT para cumplir con los mandatos de la Constitución y de la ley electoral durante las precampañas.

Asegura que hay un cumplimiento “progresivo y creciente” de la gran mayoría de radiodifusoras y de los canales de televisión, lo mismo de concesionarios que de permisionarios.

El IFE –agrega– pudo transmitir los mensajes de todos los partidos en mil 557 estaciones de radio y en 677 canales de televisión en las 32 entidades del país.

Reconoce, sin embargo, que han ocurrido incumplimientos al código electoral. “El IFE ha sancionado y lo ha hecho siempre apegándose a la letra de la ley, tratando de valorar todas las circunstancias involucradas en cada caso. En algunos, la decisión ha sido sancionar y en otras declarar infundado, porque se pone atención a las faltas, agravantes y atenuantes de cada caso, precisamente porque la ley así lo exige”.
Fabiola Martínez, La Jornada, 15 de marzo.

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