El informe, fue dirigido al senador Carlos Navarrete, presidente de la Mesa Directiva, en el que el presidente de la CNDH , Raúl Plascencia Villanueva informa que la integración de la averiguación previa de las mujeres indígenas fue “irregular” y que dejó al descubierto el “deficiente desempeño de la función investigadora del Ministerio Público”.
“La Comisión Nacional de los Derechos Humanos observó violaciones a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica” de las dos mujeres presas en Querétaro, por presuntamente secuestrar a seis agentes de la AFI y por delitos contra la salud.
En ese contexto, el Senado aprobó un punto de acuerdo donde pide al Tribunal Colegiado en materia Penal del décimo cuarto circuito resolver de manera justa el amparo contra las dos indígenas que se encuentran presas por el secuestro de seis elementos de la PFP en Querétaro y solicitó a la CNDH, dar seguimiento a la resolución del proceso penal que se les sigue a estas personas.
De igual manera se pronunció “sin prejuzgar sobre los casos de esta queja” en contra de la criminalización de la protesta social y del uso con fines de represión de los procesos penales.
En el documento que envió la CNDH al Senado se da a conocer que Alberta Alcántara Juan, Teresa González Cornelio y Jacinta Francisco Marcial (en libertad) por estos hechos fueron consignadas ante el Juez Cuarto de Distrito en el estado de Querétaro, el 30 de junio de 2006, lo que dio origen a la causa penal 48/2006.
Señala que las procesadas no tuvieron oportunidad de ejercer el derecho constitucional de carearse con sus acusadores (los seis agentes de la AFI ).
El 7 de abril de 2009, el Tribunal Unitario del Vigésimo Segundo Circuito ordenó al Juez Cuarto de Distrito en el estado, responder los procedimientos para llevar a cabo los careos.
Del análisis de las evidencias obtenidas, la CNDH, observó violaciones a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, consistentes en una integración irregular de la averiguación previa y un deficiente desempeño de la función investigadora por parte de agente del Ministerio Público Federal y de los agentes federales de investigación involucrados en los hechos.
Por lo anterior, la CNDH, el 17 de julio de 2009, emitió la recomendación 47/2009 dirigida al titular de la PGR, la cual no aceptó.
En su negativa —dice el informe— la PGR argumentó, entre otras razones, la falta de competencia de la Comisión de los Derechos Humanos toda vez que se trataba de una cuestión jurisdiccional y que se había invadido la esfera de competencia del Ministerio Público.4.
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