Reciben militares castigos menores

En el Ejército mexicano es más penado un robo interno que una violación sexual. El primero se castiga con 8 años, el abuso con 2 años 8 meses.

Las sanciones que contempla el Código Penal Militar son muy bajas respecto de las incluidas en los códigos federal y estatales para delitos como homicidios o violencia contra civiles.

Si se trata de abuso de autoridad, los juzgados militares imponen una pena por 1 año de prisión, la violencia contra las personas con 1 año 4 meses y el abuso sexual con 2 años 8 meses de cárcel.

En la milicia el narcotráfico se castiga hasta con 26 años de prisión, mientras que en los juzgados civiles las penas van de los 30 a los 60 años.

En cambio, cuando se trata de "delitos" internos, las penas son más altas: una insubordinación con 3 años, robarle a la Sedena 7 años y la malversación con 12 años.

Lo anterior contrasta por ejemplo con un homicidio: si es imprudencial se castiga con 1 año 8 días, si es simple intencional con 4 años.

De 2007 a la fecha la Sedena ha sentenciado a mil 200 militares, siendo el grueso por deserción.

En un reporte solicitado mediante la Ley de Transparencia, la Secretaría de la Defensa Nacional detalla las penas de los mil 200 militares sentenciados en sus ocho juzgados militares de 2007 a mediados de julio de este año.

Por ejemplo, en 2007 los sargentos Jesús Cruz Toel, Evaristo Anastasio Cruz y Carlos Alberto Veloz, fueron sentenciados por el Juzgado Cuarto, adscrito a la Primera Región Militar, a 26 años con tres meses de prisión por delitos contra la salud en su modalidad de colaborar en el fomento para posibilitar la transportación y el tráfico de narcóticos.

A el cabo auxiliar, Daniel Flores, el mismo juzgado le impuso una pena de siete años de prisión por robo perteneciente al Ejército.

El Juzgado Sexto impuso una pena de 1 año y 8 días de prisión a al sargento segundo Héctor Hugo Palestina por el delito de homicidio imprudencial. Pero fue absuelto mediante un amparo.

Otro caso es el del soldado de Infantería José Luis Jiménez quien por abuso sexual y portación de arma de fuego sin permiso obtuvo una pena de 2 meses 8 meses de prisión.

El delito de homicidio culposo le costó al cabo Isauro Cabrera una pena de 1 año 8 días en la cárcel.

El Coronel Miguel Lugo, quien fue acusado por hostigamiento sexual, abuso de autoridad y contra el honor militar, sólo se le castigó con tres meses de prisión por el delito de abuso autoridad.

"Por lo demás se le concedió amparo y protección", dice el documento.

Javier Oliva, especialista en Fuerzas Armadas, comentó que el Código de Justicia Militar está basado en delitos de conciencia.

"Digamos que esa es la filosofía jurídica que está en el código militar. Las faltas son diferentes con respecto de la punibilidad civil porque cuando un militar infringe la ley militar sabe que está faltando al principio fundamental que es la disciplina.

"Por eso la penalización es diferente. Es una explicación no se trata de justificar", manifestó.
Benito Jiménez, Reforma, 25 de agosto.

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