El Trife incluso descalificó el acuerdo para la normalización de la transmisión de propaganda que el IFE suscribió el 11 de febrero con la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión para que no se repitieran las "conductas atípicas".
"La suscripción de un acuerdo de voluntades es insuficiente para detener el procedimiento establecido en la ley electoral para analizar y, en su caso, sancionar las conductas que se estiman reprochables", indica el dictamen del Tribunal.
El Trife consideró que, si bien dicho acuerdo previene conductas posteriores, la acción de la televisora se dio 10 días antes, por lo que el documento no podía ser retroactivo y dejar sin materia actos que son "violatorios" de la norma constitucional.
Por unanimidad, los Magistrados consideraron que los consejeros no debieron sobreseer el procedimiento que preveía el castigo a Televisa, por lo que le impuso un plazo -una vez que reciba la notificación- de 24 horas al secretario ejecutivo del IFE para que entre al fondo del asunto y presente un nuevo dictamen al consejo general.
El 13 de febrero, por cinco votos contra cuatro, el IFE decidió no castigar a Televisa ni a Televisión Azteca por la denominada "conducta atípica" en la que incurrieron al transmitir, el 31 de enero y el 1 de febrero, spots en bloque, para lo cual interrumpieron la transmisión del Super Bowl y de partidos del futbol mexicano.
Los consejeros electorales no avalaron ese día el proyecto de la secretaría ejecutiva, que contemplaba una multa de 7 millones de pesos para Azteca y 4 millones para Televisa, por lo que aprobaron la propuesta de Marco Antonio Baños de desechar los expedientes.
El PRD y el PT presentaron ante el Trife un recurso de apelación para cada televisora. Los Magistrados aún analizan el caso de TV Azteca.
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