Los magistrados no sólo dejaron sin efecto el acuerdo con la CIRT, sino que puntualizaron que no se ajustó a la legalidad, pues ni el secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Molina, ni los consejeros electorales Virgilio Andrade, Marco Gómez y Arturo Sánchez estaban legitimados jurídicamente para firmar ese convenio.
El 11 de febrero, el mismo día en el que Televisa y TV Azteca tuvieron audiencia para justificar por qué interrumpieron transmisiones deportivas con la propaganda electoral, los cuatro firmaron las "Bases de colaboración entre el IFE y la CIRT para promover las mejores condiciones en la administración de los tiempos oficiales".
En ese documento, los concesionarios de radio y televisión se comprometían a trasmitir la propaganda electoral en los tiempos que marca la ley y no establecer cortinillas para avisar al usuario que era una disposición del IFE.
En su sesión de ayer, los magistrados del TEPJF determinaron que quienes suscribieron el acuerdo no tienen facultades para ello y que es el Consejo General el que debe aprobar la firma de un pacto como ese.
"La suscripción de estas bases no se ajustó a lo previsto en la normatividad: no fueron analizadas en el Comité de Radio y Televisión del Instituto y el secretario ejecutivo, representante legal del IFE, no puede actuar sino por mandato del Consejo General.
"Los tres consejeros que firmaron no cuentan con las atribuciones para ello y la participación del secretario ejecutivo no subsana el problema, porque el Consejo General no facultó expresamente a dicho funcionario para la suscripción del documento", comentó la magistrada presidenta María del Carmen Alanis.
Los jueces electorales dejaron claro que no están prejuzgando el contenido ni el fondo del acuerdo, sólo si la firma se ajusta a la legalidad.
El magistrado Flavio Galván, quien armó el dictamen, insistió que se convierte en un acto jurídico nulo, porque no fue celebrado por sujetos "legitimados jurídicamente".
También coincidieron en que aunque la intención política de los consejeros es un "esfuerzo encomiable" para optimizar el desarrollo del proceso electoral en materia de radio y televisión, quienes lo firmaron se extralimitaron en sus funciones.
"Las autoridades como el Instituto Federal Electoral sólo pueden hacer lo que la ley les permite... resulta evidente que quienes lo suscribieron no cuentan con las facultades para tal efecto", añadió el magistrado Esteban Penagos.
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