Regulan concesiones sociales, indígenas y comunitarias; buscan promover su cultura

Las concesiones de radiodifusión de uso público podrán tener, como parte de sus fuentes de ingreso, la venta de publicidad a las dependencias públicas federales, según se establece en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que aprobó la madrugada de ayer el Senado.

Como parte de los cambios a la legislación, realizados durante la sesión extraordinaria y que fueron avalados por el pleno, se indica que los entes públicos federales destinarán el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad que les sea autorizado en sus presupuestos al conjunto de concesiones de uso social, comunitarias e indígenas del país.

Ese uno por ciento deberá ser distribuido de forma equitativa entre las concesiones de radiodifusión existentes.

El texto añade que las entidades federativas y municipios podrán autorizar hasta el uno por ciento para dicho fin, de acuerdo con sus respectivos presupuestos.

Otro cambio aprobado es el que señala que, como parte de las redes públicas de telecomunicaciones con participación pública, cuando no haya concesionario autorizado que preste servicios en determinada zona geográfica, pero que exista cobertura e infraestructura en las redes mayoristas, el Ejecutivo federal garantizará, a través del organismo descentralizado denominado “Telecomunicaciones de México de Comercializadoras o Concesionarios” la prestación de servicios a los usuarios, hasta en tanto exista otra oferta para los mismos.

Respecto a la neutralidad de las redes, se señala que los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a Internet respetando la capacidad, velocidad y calidad contratada por el usuario con independencia de contenido, origen, destino, Terminal o aplicación, así como de los servicios que se provean a través de Internet.

En cuanto a los derechos de los usuarios, se establece que pueden consultar gratuitamente el saldo en el caso de servicios móviles de prepago y sin condicionamiento a comprar saldo adicional; a la portabilidad del número telefónico dentro del plazo que determine el instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y la cual será gratuita.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) verificará que en los contratos de adhesión se establezcan penas razonables en caso de cancelación anticipada del contrato por parte del consumidor, y de suspensión temporal de servicio por falta de pago.

En estos casos, se verificará que los pagos de saldos insolutos o no devengados de equipos, así como de los cobros de reconexión por suspensión, sean razonables y proporcionales al incumplimiento de la obligación respectiva. En ambos casos, la Procuraduría cuidará las particularidades en los diferentes paquetes y planes comerciales de forma que no generan costos adicionales al proveedor.

El usuario también tiene derecho a  ser notificado por cualquier medio, incluido el electrónico, de cualquier cambio a las condiciones originalmente contratadas; a no recibir llamadas del concesionario o autorizado sobre la promoción de servicios o paquetes, a menos que expresamente manifieste su consentimiento a través de medios electrónicos.

También tiene derecho a que cuando se renueva el contrato de servicios móviles y no adquiera un nuevo equipo, la mensualidad se integre exclusivamente por el cobro de los servicios, sin pago del equipo.

Como parte del articulado transitorio, se establece que en un plazo que no excederá de 36 meses, a partir de la entrada en vigor del decreto, las señales de los concesionarios de uso comercial que transmitan televisión radiodifundida y que cubran más del 50 por ciento del territorio nacional, deberán contar con lenguaje de señas mexicanas o subtitulaje oculto, en idioma nacional en la programación que transmitan de las seis a las 24 horas, excluyendo la publicidad y otros casos que establezca el Instituto Federal de Telecomunicaciones, atendiendo a las mejores prácticas internacionales.

Cabe recordar, que la Reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones, señala que Telecomunicaciones de México tendrá atribuciones y recursos para promover el acceso a servicios de banda ancha, planear, diseñar y ejecutar la construcción y el crecimiento de red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, así como la comunicación vía satélite y la prestación de servicios de telégrafos, lo anterior de conformidad con los lineamientos y acuerdos emitidos por el IFT.

La Constitución establece que la Comisión Federal de Electricidad cederá totalmente a Telecomunicaciones de México su concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones  y le transferirá todos los recursos y equipos necesarios para la operación y explotación de dicha concesión, con excepción de la fibra óptica, derechos de vía, torres, postes, edificios e instalaciones que quedarán a cargo de la CFE, garantizando a Telecomunicaciones de México el acceso efectivo y compartido a dicha infraestructura.

Blanca Estela Botello, La Crónica, 6 de julio.

0 Responses to "Regulan concesiones sociales, indígenas y comunitarias; buscan promover su cultura"