Necesita recursos la ley antipiratería

Las reformas recién aprobadas a la Ley de la Propiedad Industrial y al Código Penal federal, que permiten perseguir de oficio a la piratería no podrán aplicarse tan rápido, ya que antes se requieren otros cambios y recursos extraordinarios del Gobierno, advirtieron expertos.

Por ejemplo, los cambios no han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación debido a que la Procuraduría Federal de la República (PGR) lo solicitó a la Presidencia, bajo el argumento de que no cuenta con el suficiente número de elementos, ni de recursos para atrapar a los piratas, denunció un legislador.

Ante esta situación, antes de poder aplicar la llamada ley antipiratería, el Gobierno tendría que destinar una partida presupuestal extraordinaria para cubrir este requerimiento, señaló Carlos Pérez de la Sierra, abogado en propiedad industrial.

Aunado a ello, para empezar a aplicar estos cambios y hacer efectiva dicha ley, tendría que enviarse otra iniciativa para reformar la Ley de Propiedad Industrial, con el fin de aclarar ciertos conceptos que resultan confusos, dijo Fidel López, director del Instituto para la Protección de la Propiedad Privada y el Comercio Legal.

Por ejemplo, detalló que palabras como reproducción, copia ilegal, falsificación u original no están especificados dentro de la ley, lo cual complicará el proceso de integración de una averiguación previa.

Una vez que la ley esté publicada, el Ministerio Público deberá dar capacitación a sus elementos para identificar una mercancía original de una pirata, para lo cual se requiere tiempo y recursos, dijo Pérez de la Sierra.

Añadió que ahora, al no necesitar una querella para perseguir el delito, el Ministerio Público tendrá que recurrir forzosamente a los titulares de la marca, con el fin de que aporten las pruebas necesarias para la integración de la averiguación previa.

Sin embargo, podría darse el caso de que el pirata "compre" a la autoridad y lo convenza de que integre incompleta o equivocada la averiguación previa, y así el juez la regresará y no habrá delito qué perseguir.

Sergio Legorreta, abogado en Propiedad Industrial de la consultora Baker & McKenzie, mencionó que las reformas a la Ley de la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal para perseguir de oficio a la piratería no protegerán los derechos de los propietarios de marcas.

En particular, comentó, a los de ropa, zapatos y accesorios, pues la ley sigue sin especificar lo que la autoridad considera una falsificación, y continúa requiriendo el original del producto, o de lo contrario no habrá delito qué perseguir.




Advierten debilidad

Los especialistas destacan aspectos a considerar antes de pensar en poder aplicar las reformas a la Ley de Propiedad Industrial y al Código Penal Federal:

· El Ministerio Público no tiene datos fidedignos sobre los derechos de propiedad industrial de las empresas.

· Los elementos de la PGR no podrán saber a simple vista si se trata de una falsificación.

· Obligarán a los titulares de la marca involucrada a ser coadyuvante en la averiguación, lo que los pondrá en riesgo.

· Sin una averiguación previa bien integrada, con datos del titular de la marca pirateada, los aprehendidos serían liberados a las 72 horas.
Dayna Meré, Reforma, 26 de abril.

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