La Policía Federal no tendrá la facultad de arrestar a migrantes indocumentados

Integrantes de las comisiones dictaminadoras de la nueva Ley de Migración comenzaron ayer a modificar ese ordenamiento, con base en los artículos reservados un día antes y con la intención de eliminar todos aquello que posibilita la violación de derechos humanos de extranjeros que cruzan por territorio nacional.

De entrada, los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) acordaron eliminar la fracción tercera del artículo 26 de esa ley, a fin de suprimir la facultad de la Policía Federal de detener a extranjeros en cualquier punto del territorio nacional, sin que medie siquiera una solicitud del Instituto Nacional de Migración.

Hasta anoche, había consenso entre las fuerzas políticas para suprimir también el artículo 151, por el que se penaliza con multas de entre 500 y mil días de salario mínimo a los empleadores que contraten a migrantes extranjeros que están en el país de forma irregular. Los senadores señalaron asimismo disposición a enmendar todo el capítulo de multas y sanciones.

“Es imprescindible quitar de la ley todo aquello que criminaliza la migración y considera a los migrantes como delincuentes, en un esquema muy similar al que aplica Estados Unidos a nuestros indocumentados”, comentó el senador del Partido del Trabajo, Ricardo Monreal.

Igualmente, el perredista Rubén Velázquez confió en que se logre un documento más integrador, que reúna consensos y dé preponderancia a los derechos de los migrantes, “pues no queremos una ley similar a la SB 1070”, que se aprobó en Arizona.

De los 62 artículos reservados, la discusión se centró en el 26, y aunque el consenso fue sólo eliminar su fracción tercera, el petista Ricardo Monreal insistirá en que se elimine totalmente, ya que concede la facultad permanente a la Policía Federal para actuar como policía migratoria.

Es muy grave porque no se indican medidas de control para evitar posibles violaciones a los derechos fundamentales del migrante y, dados los casos de corrupción en las corporaciones federales, estatales y municipales, los abusos pueden ser constantes.

Otros de los artículos reservados tanto por el PRI, como por PRD y PT, e incluso el PAN, son el 93 y el 94, en los que se faculta al INM para atender denuncias formuladas contra extranjeros, por presuntas violaciones de carácter administrativo.

Monreal destacó que ambos artículos dejan sin efecto todos los mecanismos diseñados para evitar abusos contra el migrante, porque plantean dar facultades a cualquier persona de denunciar al migrante, “en términos tan laxos, que ni siquiera se señala la causa de la denuncia, sólo refiere la violación de disposiciones administrativas”.

Así, “cualquier persona, servidor público o no, podría acusar incluso anónimamente. A un extranjero de cualquier conducta que –a su juicio– contravenga la legislación.

“Lo anterior, además de no encontrar justificación, pues un tercero no tiene interés jurídico en la situación migratoria de un extranjero, favorece conductas racistas o xenofóbicas. Basta ver el caso del australiano Stephen Compton, quien hoy demanda una indemnización del Estado mexicano por la detención injustificada ante el INM por más de cuatro meses, que padeció derivada de una denuncia anónima”.

Hizo notar que tal disposición sería la herramienta perfecta, por su legalidad, para extorsionar al migrante.

Se espera discutir en la sesión de hoy los 61 artículos reservados.
Andrea Becerril, La Jornada, 24 de febrero.

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