Establecen dos órganos reguladores autónomos para frenar monopolios


La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica establece un nuevo entramado jurídico para administrar y regular el espectro radioeléctrico del país.
En el dictamen de casi 500 hojas, aprobado un día antes en el Senado, se define a las telecomunicaciones y la radiodifusión como “servicios públicos de interés general y el Estado debe garantizar que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión y continuidad”.
Una de las modificaciones a la reforma que formuló el Senado es para garantizar el acceso libre a Internet y las telecomunicaciones en general, sin injerencias arbitrarias.
Se crean dos órganos reguladores autónomos: el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofeco), que tendrán autonomía constitucional y estarán facultados para regular a los operadores con preponderancia económica –los monopolios– reducir las barreras de competencia y ordenar la desincorporación de activos.
De hecho, la reforma posibilita partir el monopolio de la telefonía, mediante medidas de desincorporación de activos de empresas y la creación de dos nuevas cadenas de televisión y una pública.
En materia de competencia, obliga a las empresas de televisión de paga a transmitir la señal abierta sin costo para el usuario, y las empresas de televisión abierta a compartir su señal sin costo a otras compañías.
Moderniza el régimen de concesiones, que no estará ya en manos del presidente de la República, sino de Ifetel, en su calidad de órgano regulador. El Ejecutivo federal podrá tener opinión no vinculante, vía los secretarios de Hacienda y de Comunicaciones y Transportes.
Contempla usos comerciales, públicos, sociales y privados del espectro radioeléctrico propiedad de la nación. Reconoce la importancia de la radiodifusión pública y las estaciones comunitarias e indígenas.
Se mantiene como plazo para el apagón analógico el último día de diciembre de 2015 y se obliga a Ifetel a determinar los criterios de multiprogramación.
Los senadores agregaron un artículo décimo octavo transitorio para establecer que los derechos laborales de trabajadores de empresas y organismos de telecomunicaciones se respetarán en todo momento, de acuerdo con la ley.

Andrea Becerril y Víctor Ballinas, La Jornada, 20 de abril.

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