Usan modelo europeo para acotar regulación

Para satisfacer las demandas de la iniciativa privada, el Senado tomó como ejemplo el modelo aplicado en la Comunidad Europea, donde las resoluciones de los órganos reguladores en materia de competencia no ejecutan las sanciones de manera inmediata cuando puede causar un "daño irreparable o irreversible" al agente económico.

En las consideraciones del dictamen aprobado la madrugada del viernes, los legisladores aseguran que ese esquema, que aplica en países como Alemania, Francia, Reino Unido, España, Italia, Luxemburgo y Bulgaria, fue incorporado a la reforma, con la finalidad de no poner en peligro la existencia de las empresas o modificar su posición en el mercado.

"La Comisión Europea ha determinado que la legislación interna de los países miembros deben considerar en sus legislaciones únicamente la procedencia de la suspensión en aquellos casos en que las disposiciones o actos de la autoridad regulatoria impliquen daños irreparables para el agraviado", se indica.

Los senadores determinaron que, en el caso de esta reforma, penalizaciones como las multas o la desincorporación de activos de empresas serán ejecutadas hasta que se resuelva el juicio de amparo que, en su caso, interponga el agente económico.

"Las comisiones consideran que las multas y las desinversiones, al ser las sanciones más extremas que contempla el marco jurídico para proteger la libre competencia, su aplicación debe ser cauta y responsable", se indica.

Aclaran que la reforma no implica la incorporación de la figura de la "suspensión" como tal, pues sólo se trata de una medida que "evite la ejecución" de las resoluciones que pueden causar daño irreparable a las empresas.

Sobre los alcances de este punto, los legisladores detallaron que el criterio será válido cuando se considere que las sanciones económicas aplicadas impiden volver a las condiciones económicas y sociales originales.

En la exposición de motivos, los senadores hacen referencia a diversos estudios y recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en las que se expresan opiniones en contra y a favor de la suspensión de los actos de los órganos reguladores.

Sin embargo, en otro estudio, la propia OCDE acepta que la mayoría de los países que la integran han adoptado la suspensión cuando se observa el riesgo de daño irreversible.

Claudia Guerrero y Mariel Ibarra, Reforma, 22 de abril.

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