Impiden los rezagos del Senado aplicar la reforma sobre derechos humanos


La publicitada reforma constitucional sobre derechos humanos, promulgada el año pasado, aún no puede aplicarse plenamente porque se requiere que el Senado apruebe cuatro nuevas leyes y modifique la ley orgánica de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Además hay cuatro reformas constitucionales que requieren de legislación secundaria, entre ellas la de derecho de réplica, que debió estar lista el 30 de abril de 2008, un año después de avaladas las reformas a varios artículos de la Carta Magna en materia electoral.
Esto deberá aprobarse en el próximo periodo de sesiones, que comienza el primero de febrero y concluye el 30 de abril, pues es el último de la legislatura y es poco probable que se convoque a extraordinario en pleno proceso electoral.
Los senadores deberán acelerar los trabajos, ya que junto con los diputados acumulan un rezago de más de 500 minutas detenidas en ambas cámaras.
Acerca de las reformas constitucionales que requieren cambios legales para poder operar, la que más preocupa a los senadores es la de derechos humanos.
En un documento elaborado por la fracción del PRI en el Senado, denominado Asuntos que podrían atenderse durante el segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la 61 Legislatura, ese punto se incluye como prioridad.
Se señala que la reforma constitucional en materia de derechos humanos contiene disposiciones que otorgan atribuciones al Congreso y obliga a expedir, antes del próximo 10 de junio, la ley sobre la procedencia de asilo y refugio, la ley reglamentaria del artículo 29 de la Carta Magna en materia de suspensión del ejercicio de derechos y garantías, y la referida a la expulsión del territorio nacional de extranjeros considerados perniciosos; además de la norma para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos y la orgánica de la CNDH.
En este caso se requiere establecer el mecanismo mediante el cual se llamará a autoridades y servidores públicos a comparecer ante el Senado para que expliquen por qué no atendieron recomendaciones de la CNDH.
Asimismo, los senadores deberán delimitar la nueva facultad de la CNDH para conocer asuntos laborales, además del procedimiento de consulta pública y transparente mediante el cual se elegirá al ombudsman y el procedimiento de investigación, a petición de parte, de hechos que puedan constituir violaciones de garantías fundamentales.
El plazo para concluir la legislación secundaria vence el 10 de junio próximo.
En 2007, cuando se aprobó la reforma constitucional en materia electoral, se fijó también un plazo de un año para modificar y crear leyes secundarias. Se acordó expedir la ley reglamentaria del artículo sexto, en materia de derecho de réplica. En el documento de los senadores priístas se señala que la reforma a la Carta Magna estableció que la manifestación de ideas no será objeto de inquisición de ningún tipo, exceptuando el caso en que se ataque a la moral, los derechos de algún tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público.
La réplica debe ser normada, para que no se convierta en otro ataque, sino que debe cumplir ciertos requisitos y formalidades para que esté en condiciones de reflejar el ejercicio de un derecho en un Estado democrático. Por eso es necesario expedir la ley que brinde esta seguridad jurídica, así como los procedimientos para acceder a ella.
La ley de derecho de réplica debió aprobarse el 30 de abril de 2008, pero las presiones de los medios electrónicos lograron frenarla casi cuatro años.
El Senado tiene también pendientes de aprobar la legislación secundaria de los artículos tercero y 31 constitucionales, que se refieren a la obligatoriedad de la educación media superior, y al artículo cuarto, sobre el derecho a un ambiente sano y al agua.
Andrea Becerril, La Jornada, 29 de enero.

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