“La anulación en Morelia puede ser impugnada”


El magistrado Santiago Nieto Castillo, integrante de la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en Toluca, reconoció que la determinación de anular las elecciones municipales de Morelia puede ser impugnada ante la sala superior del propio órgano jurisdiccional.
“La sala superior tiene un recurso, que es el recurso de reconsideración, que con independencia de la procedencia o no, yo no me pondría pronunciar sobre ello; eso le corresponderá, en todo caso, a la sala superior. Es el mecanismo por el cual se pueden impugnar las decisiones de las salas regionales”, dijo.
No obstante, precisó, en el caso de las elecciones en Michoacán, todos los recursos tienen que estar resueltos antes de finalizar el 31 de diciembre, porque los órganos de gobierno en la entidad deben estar legalmente constituidos el 1 de enero.
En entrevista con Héctor Diego Medina para MILENIO Televisión, Nieto Castillo defendió la resolución de la referida sala regional y salió así al paso de los liderazgos priistas que calificaron de injusto y desproporcionado el fallo.
Como ponente de la sentencia, el magistrado recordó que la reforma electoral de 2007 prohibió expresamente a los partidos políticos adquirir, por sí o por terceros, espacios en radio a televisión para influir en la preferencia electoral de los ciudadanos.
No obstante, dijo, en Michoacán se transmitió durante 47 minutos el cierre de campaña del candidato priista al gobierno, Fausto Vallejo, donde el entonces aspirante tricolor a la alcandía de Morelia, Wilfrido Lázaro Medina, tuvo una participación de cinco minutos.
“Lo importante es que se trata de una violación directa al mandato constitucional, que por la magnitud del mandato constitucional, que por la magnitud de la norma infringida, que es la norma fundamental al sistema jurídico mexicano, no podría ser soslayada ni minimizada desde el punto de vista de la mayoría de los magistrados que integramos la sala regional”, puntualizó.
Nieto Castillo recordó también la transmisión a nivel nacional de la pelea de box entre el mexicano Juan Manuel Márquez y el filipino Manny Pacquiao la noche del 12 de noviembre, en la víspera de las elecciones en Michoacán, cuando el primero exhibió un emblema del PRI en su pantaloncillo.
“La verdad es que la sala superior (del Tribunal Electoral) ya había construido una línea argumentativa para señalar que los emblemas, si bien no son propaganda electoral, porque no se invita al voto, sí son propaganda política y está prohibido hacerlo tres días antes de la jornada electoral”, remarcó.
El magistrado justificó igualmente la celeridad de la resolución, aun cuando la sala regional recibió apenas el pasado 23 de diciembre un expediente de 7 mil 500 hojas y en el cual se planteaban 12 irregularidades en torno a las elecciones de Morelia.
“Nosotros tenemos la obligación constitucional de resolver antes de la instalación de los órganos constitucionalmente electos y lo hacemos en ese tenor en todas las elecciones de todos los estados de la República, y por tanto esto hace que la resolución tengan que dictarse de manera rápida y en este caso todo tiene que estar resuelto hasta el 31 de diciembre”.
Claves
“No influyó”
• Tras el fallo del TEPJF que anuló la elección muncipal en Morelia, Michoacán, el boxeador Juan Manuel Márquez aseguró que el PRI no ganó por el logotipo en su calzoncillo.
• A través de un comunicado, el PRI señaló que no existe documento alguno en el expediente que acredite que el tricolor pagó por esta propaganda, y por supuesto lo negó enfáticamente.
• El PRI consideró de “extrema gravedad que, sin pruebas y con incongruencias, se tome este tipo de determinaciones desproporcionadas que ponen en riesgo la confianza de la gente en las elecciones”
México • Redacción, Milenio, 30 de diciembre.

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