Pone Trife límites en precampañas

Las actividades de los aspirantes únicos a la Presidencia de la República generaron polémica en la primera semana de actividades. Los integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberán dar una posición detallada en los próximos días. Sin embargo, ya han adelantado algunos criterios sobre el tema:
 
 
 
Manuel González Oropeza
 
Respaldan difundir propuestas
 
Fue el único magistrado que planteó la posibilidad de que en algún momento se permita que los precandidatos únicos puedan hacer actos de precampaña dirigidos a la población en general.

Aunque destacó que en cada caso es necesario aplicar la ley electoral, cuestionó lo qué pasa cuando existe una omisión en la ley.

Agregó que él aspira a que en algún momento sí se permitan las precampañas, incluso de los precandidatos únicos, precisamente en pos de la equidad en la contienda electoral, porque esos actos proselitistas para los militantes tienen que exceder a las paredes de un partido político y se tienen que difundir más allá.

Destacó que cuando no hay precandidatos únicos, la ciudadanía está expuesta a la imagen y a las propuestas de cada uno de los precandidatos de ese partido.

 
 
 
Así lo dijo
 
"Esos actos proselitistas tienen que exceder a las paredes de un partido político y se tienen que difundir más allá".

 
 
 
Advierten desventaja electoral
 
Alejandro Luna Ramos (Presidente)

 
Recordó el fallo sobre Eruviel Ávila en el Estado de México (quien siendo candidato único llevó a cabo una reunión abierta) en el que se revocó una resolución del instituto electoral local y se instruyó a imponer una multa por actos anticipados de campaña.

Agregó que el espíritu de los legisladores de prohibir la propaganda de precampaña a los candidatos únicos obedece a la preocupación de que no se posesione el precandidato del público en general.

Lo anterior porque estarían en desventaja los precandidatos múltiples de otro partido, que están haciendo una campaña interna para poder determinar dentro de su partido quién de ellos va a ser el abanderado que va a competir con aquel candidato único que ya, al estar haciendo propaganda, se está posesionando del electorado en lo general.

Sobre el caso de Eruviel el TEPJF sostuvo entonces que al realizarse en un lugar publico, ciudadanos no militantes pudieron tener acceso a su mensaje, lo que se consideraría un acto anticipado de campaña.

 
 
 
Así lo dijo
 
"Estarían en desventaja los precandidatos múltiples de otro partido, que están haciendo una campaña interna".

 
 
 
Constancio Carrasco
 
Buscan preservar principio de equidad
 
Evocó los criterios de Sala Superior y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que se pronunció por limitar el espectro de que se realicen o se desarrollen actividades de propaganda por parte de quienes son precandidatos únicos de los institutos políticos.

Señaló que es necesario que existan dos o más precandidatos, en busca de una nominación de un mismo cargo de elección popular, para que se pueda juzgar que no se rompe el principio de equidad en la contienda en beneficio de quien tiene la decisión del partido de no contender dentro de un proceso interno.

Destacó que la Suprema Corte ha considerado que no se viole el derecho de ser votado que consagra el artículo 35, Fracción II de la Constitución Gene ral de la República, al establecerse la exigencia de que para que se puedan realizar actos proselitistas de precampaña o para que precandidatos puedan realizar estas actividades, es necesario que existan dos o más en una contienda interna, lo que pone límites a quien es precandidato único.

 
 
 
Así lo dijo
 
"Necesario que existan dos o más en una contienda interna, lo que pone límites a quien es precandidato único".

 
 
 
María del Carmen Alanis
 
Cuestionan simulación en internas
 
La magistrada tuvo la intervención más breve.

Refirió también criterios ya establecidos por la Sala Superior.

Explicó que puede darse el caso de que esté participando un precandidato sin que haya una verdadera contienda interna con otros aspirantes, pero que sea necesaria alguna ratificación o elección, de alguna instancia partidista, convención de delegados, asamblea o algún tipo de participación de la militancia o simpatizantes.

Esto implicaría que este precandidato único hiciera algunos actos de proselitismo dirigidos a la militancia, pero sólo de darse esa circunstancia.

 
 
 
Así lo dijo
 
"Puede darse el caso de que esté participando un precandidato sin que haya una verdadera contienda interna".

 
 
 
Pedro Esteban Penagos
 
Niegan justificación sobre proselitismo
 
El magistrado señaló que bajo ninguna circunstancia se justifica la etapa de precampaña como un proselitismo abierto a la sociedad en general.

Para fortalecer su argumento refirió el criterio de la propia Sala Superior que ha sostenido que la promoción de un precandidato en etapa de precampañas tiene por finalidad obtener el apoyo de la militancia para lograr la postulación partidista en una candidatura a cargo de elección popular.

Precisamente por eso, destacó, las precampañas deben dirigirse a la militancia y no usarse para la confrontación con otros partidos, ni con los precandidatos de otras fuerzas políticas.

Su finalidad es precisamente lograr el apoyo de los militantes del propio partido para poder ser candidato al cargo de elección popular.

Así dejó claro que los actos de precampaña únicamente pueden dirigirse a los militantes del partido, a los simpatizantes de éste cuando participan en la designación o bien, hacia los delegados o representantes que intervienen en la postulación de la candidatura, aunque ésta sea única.

Si un precandidato único realiza actos de precampaña que trasciendan a la sociedad, con la finalidad de solicitar el voto para un cargo de elección popular deben considerarse como actos anticipados de campaña, en tanto que constituyen una ventaja frente a los demás contendientes.



Leslie Gómez, Reforma, 26 de diciembre.

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