En un fallo dividido (7-4), los ministros determinaron que mediante los procesos de inconstitucionalidad presentados por Convergencia y Partido Nueva Alianza no es posible impugnar las reformas a la Constitución.
Convergencia dijo que acatará la decisión, pero a través de su abogado señaló que la Corte actuó de manera incongruente ya que el 28 de abril la mayoría de ministros concluyó que una reforma constitucional puede ser sujeta a control jurisdiccional a través de un juicio de acción de inconstitucionalidad.
A pesar del fallo aún hay otra puerta abierta para revisar el proceso legislativo, debido a que el máximo tribunal no decide aún qué va a pasar con los juicios de amparo que empresarios e intelectuales promovieron contra la misma reforma.
Todo indica que la Corte los atraerá y decidirá si con un amparo se puede impugnar el proceso de reforma constitucional.
Carlos Avilés, El Universal, 27 de junio.
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