Da Corte revés a partidos por la reforma electoral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un severo golpe a los partidos pequeños que pretendían echar abajo la reforma a la ley electoral, y así mantener la posibilidad de contratar publicidad a través de terceros y de emitir candidaturas ciudadanas.

Ayer, los ministros le negaron a los partidos Convergencia y Nueva Alianza la posibilidad de revisar si se registraron violaciones en el proceso legislativo que concluyó con las reformas a la Constitución en materia electoral el año pasado.

Sin embargo, el futuro de la reforma electoral sigue siendo incierto, ya que se mantiene abierta otra puerta para revisar el proceso legislativo, en virtud de que existen amparos promovidos por grupos empresariales e intelectuales.

En una decisión dividida, de siete votos a favor y cuatro en contra, la Corte acordó desechar los juicios de acciones de inconstitucionalidad que promovieron Convergencia y Nueva Alianza, luego de que concluyó que a través de los juicios de acciones de inconstitucionalidad no es posible impugnar las reformas a la Constitución.

En opinión de la mayoría de ministros, los juicios de acciones de inconstitucionalidad sólo pueden ser empleados para pedir que la Corte revise leyes o normas que se opongan a la Constitución, pero no para que se confronte a la Carta Magna contra ella misma.

Por este motivo, la SCJN cerró el juicio que promovieron ambos partidos sin la opción de revisar el contenido de sus demandas.

Pero no canceló la posibilidad de pronunciarse en torno a la reforma electoral, porque todavía no decide qué va a pasar con los juicios de amparo que promovieron en contra de este mismo tema diversos grupos de empresarios del país y de intelectuales.

Éstos impugnan diversos aspectos de la reforma, pero lo que más les interesa es anular la prohibición que establecieron los legisladores para que ninguna persona física o moral pueda contratar propaganda para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, o para favorecer o perjudicar a un partido o candidato.

Una vez adoptada la decisión en el caso de los partidos, los ministros tienen que decidir —previsiblemente hasta después de sus vacaciones de julio próximo—, primero, si atraen los amparos impulsados por los empresarios e intelectuales, aunque todo indica que la Corte terminará por ejercer su facultad de atracción en este caso.

Una vez que lo haga, el siguiente paso que tendrá que dar el máximo tribunal será decidir si mediante un juicio de amparo se puede impugnar el proceso legislativo de una reforma a la Constitución.

Y es aquí donde el futuro de la reforma electoral se vuelve francamente incierto, porque en torno a este tema la Suprema Corte de Justicia ha emitido criterios contradictorios.
Carlos Avilés, El Universal, 27 de junio.

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