Critican en el IFE omisión de Tribunal

Consejeros del IFE criticaron ayer al Tribunal Electoral federal por no haber contestado la consulta planteada por Andrés Manuel López Obrador sobre los alcances del proselitismo de los precandidatos únicos, y en su lugar haberla turnado al Consejo General del organismo.

Marco Antonio Baños reconoció que aunque el IFE tiene facultades legales para interpretar la legislación en materia electoral, el Tribunal debió sustentar de mejor manera sus decisiones para evitar confusiones sobre este tema que, dijo, ya había resuelto.

"Estamos aquí reunidos teniendo una sesión, yo diría sui generis, como la sentencia o el acuerdo que emitió el Tribunal Electoral para pedirle al IFE que sesionara para aclarar una sentencia que el propio Tribunal emitió. Es una cosa muy rara.

"Lo primero que yo quisiera preguntarle al Tribunal, a los señores Magistrados, ¿Cuál es el fundamento legal para haberle pedido al IFE que hiciera esto?", cuestionó el consejero en sesión extraordinaria del Consejo General del IFE.

El 21 de diciembre, al resolver un recurso contra el Instituto Electoral de Yucatán, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aclararon que los precandidatos a cargos de elección popular no pueden realizar actos proselitistas dirigidos al electorado en general.

Al día siguiente, López Obrador envió una carta a los magistrados en la que expresó su deseo de actuar bajo reglas y principios claros, sin transgredir disposiciones constitucionales o legales, además de incluir una lista con 10 preguntas sobre qué pueden y no pueden hacer los precandidatos.

El escrito del precandidato presidencial único del PRD, PT y Movimiento Ciudadano (MC), en el cual cuestiona cómo se garantiza la libertad de expresión y de asociación de un precandidato único y qué características deben tener sus mítines, entre otras cosas, fue turnado el 23 de diciembre al Consejo General del IFE.

Durante la sesión de ayer, que arrancó a las 21:36 horas, aunque estaba prevista para las 14:00 horas, Baños sostuvo que si el Tribunal no tenía la intención de contestar dicha aclaración a la sentencia, hubiera respondido al menos con un criterio "eminentemente procesalista".

"(Ese tipo de criterio) caracteriza a la composición actual del Tribunal, diciéndole a quien consultó, que al no haber sido parte del juicio, pues no le contestaban y ya.

"Eso era una salida jurídica, pero decidieron que lo hiciéramos nosotros, y en eso estamos", apuntó.

El consejero Alfredo Figueroa se sumó a la crítica, aunque se pronunció a favor de reivindicar la postura de la Sala Superior del Tribunal, en el sentido de limitar los actos proselitistas de precandidatos de unidad.

"Yo acompaño las expresiones que el consejero marco Antonio Baños ha señalado sobre la ausencia de una Sala que en plena jurisdicción hubiese valorado la importancia de pronunciarse de un modo definitivo y de una sola vez en relación a estos asuntos.

"Toda vez que ha fundado esa misma Sala precedentes importantes, pero en pro de construir un proceso electoral que dé certeza a quien contiende, me parece que el Consejo General no debiera, y esta es mi convicción, ir en sentido contrario a los precedentes (del) Poder Judicial", apuntó.

Durante la discusión, que continuaba al cierre de esta edición, los representantes del PRD y del PT ante el Consejo General adelantaron que ante la división y la falta de claridad, acudirían a a interponer un recurso en el Tribunal Electoral.

Argumentaron falta de equidad en la contienda entre precandidatos y precandidatos únicos, como López Obrador y el priista Enrique Peña Nieto.

 
 
 
Solicitud de aclaración
 
Entre las preguntas que Andrés Manuel López Obrador planteó al Tribunal Electoral se encuentran:
 
- ¿Qué tipo de actividades puede realizar el precandidato único en el período de precampaña?

- ¿Qué características deben tener los mítines o encuentros del precandidato único? ¿Deben realizarse en espacios públicos o cerrados? ¿Sólo con militantes y simpatizantes de los partidos de su coalición y atendiendo a los procedimientos de selección de su precandidatura en cada partido?

- ¿Tiene derecho el precandidato único a que su imagen y nombre propio aparezcan en los spots de los partidos en los tiempos del Estado administrados por el IFE?

- ¿Puede el precandidato único plantear en sus entrevistas o mítines problemas de carácter nacional? ¿Qué tipo de cuestiones puede plantear en los mítines o en reuniones? ¿Se puede referir a cuestiones de la coyuntura nacional?

- ¿El precandidato único puede acompañar a los precandidatos a diputados y senadores de los partidos que lo postulan a sus giras y mítines? ¿Qué actividades puede realizar en esas circunstancias?

 
 
 
Marco legal
 
Según el proyecto del IFE, desde el punto de vista de la ley las precampañas son:
 
1 Un periodo específico del proceso electoral.

2 Regulado en primer lugar por las propias instancias partidistas.

3 En el que se dirimen y definen las candidaturas de los partidos.

4 Que deberán transcurrir en un mismo periodo para todos ellos.

5 Cuyo desarrollo incluye todo tipo de actividades de proselitismo.

6 Que pueden ser dirigidas a afiliados, simpatizantes o al electorado en general.

7 Que pueden echar mano de los tiempos oficiales de radio y televisión "libremente" según decisión de los propios partidos políticos.


Antonio Baranda, Reforma, 26 de diciembre.

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