Buscan atraer amparos de IP

El Ministro Fernando Franco González solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejercer la facultad de atracción para revisar los amparos promovidos por organismos empresariales y otras asociaciones contra la reciente reforma Constitucional en materia electoral.

Su petición fue admitida ayer a trámite con el número 4/2008 y turnada a su colega Sergio Valls, quien tendrá que redactar un proyecto de sentencia para que el Pleno del máximo tribunal resuelva si atrae el tema.

Organismos como el Consejo Coordinador Empresarial, y también un grupo de escritores e intelectuales, impugnaron la reforma al artículo 41 de la Carta Magna, por la que se impide a particulares la contratación de espacios en radio y televisión para propaganda electoral.

Fuentes oficiales informaron que la Corte ya ordenó a todos los tribunales colegiados de circuito del País enviar los recursos de revisión de los que tengan conocimiento relacionados con estos amparos.

En dichos recursos de revisión, los inconformes con la reforma han impugnado el desechamiento de sus amparos, resuelto en primera instancia por jueces de distrito.

En otras palabras, de atraer los recursos, la Corte solo resolverá si el juicio de amparo procede para impugnar reformas a la Constitución.

La jurisprudencia vigente de la Corte, aprobada en septiembre de 2002, señala que las reformas a la Carta Magna no pueden ser sometidas a ningún tipo de control por parte del Poder Judicial.

Pero la jurisprudencia fue aprobada por ocho votos contra tres, y de los integrantes de la mayoría cuatro ya no están en la Corte, por lo que Franco, el Ministro de más reciente ingreso, considera que es necesario volver a revisar el tema.

Los integrantes de la minoría en 2002 señalaron que el Poder Judicial sí puede revisar las reformas Constitucionales, pero solo cuando se alegan vicios de procedimiento, no cuestiones de fondo sobre el contenido de la ley suprema.

Con la petición de Franco es previsible que todos los casos serán unificados en una sola propuesta para análisis por el Pleno de once Ministros; una vez atraídos los casos, habría una discusión posterior para resolver si proceden los amparos.

Si la Corte modifica su criterio, todos los amparos tendrán que ser admitidos a trámite por los jueces de distrito que los rechazaron inicialmente, y una vez desahogados los juicios, el tema volvería al máximo tribunal para un pronunciamiento final.




Los argumentos

Las razones para rechazar las impugnaciones a la reforma del artículo 41 de la Constitución aducen que:

· Los particulares no están legitimados para solicitar a la Corte el ejercicio de su facultad de atracción para revisar los rechazos.

· La mayoría de los amparos han sido desechados al considerarse que las reformas a la Constitución no pueden ser objeto de revisión por parte del Poder Judicial.

· Algunos jueces de distrito han admitido a trámite al menos 14 amparos interpuestos por la iniciativa privada.

· Si los Ministros confirman su criterio de 2002, en el sentido de que no procede el control judicial sobre las reformas constitucionales, todos los juicios serán desechados.
Nota de Víctor Fuentes, Reforma, 12 de febrero.

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