El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos aseguró que los juicios orales fracasarán en México una vez que se traten de implentar "
Los juicios orales son una tomadura de pelo. En ocho años se van a echar para atrás porque no existen las condiciones de recursos humanos y financieros para echar a andar un proyecto de esta naturaleza", advirtió en entrevista, luego de asistir a un foro Crimen Organizado y Abuso de Poder en San Lázaro.
Sobre la reforma judicial que avaló el martes la Cámara de Diputados y que está en revisión en el Senado, el Ombudsman dijo que no deja de ser criticable por algunos puntos que fueron considerados.
Citó, por ejemplo, los requisitos para realizar órdenes de aprehensión, que en su opinión son muy laxos, así como que se haya elevado a rango constitucional la posibilidad de aplicar arraigos en la lucha anticrimen.
Tras conocer las declaraciones del ombudsman nacional, el diputado César Camacho consideró que dicha apreciación revela su visión reaccionaria y conservadora.
"Me resulta muy extraña la opinión el doctor Soberanes sobre los juicios orales, porque revela una posición reaccionaria y conservadora, e incluso me atrevería a decir que hay un desconocimiento profundo del contenido completo de la reforma al sistema de justicia penal.
"Esas condiciones son precisamente las que vamos a generar quienes estamos insatisfechos con el sistema de justicia actual", dijo.
Aclaró que se dio un plazo de transición para garantizar la aplicación correcta de la reforma judicial.
"Esta reforma contiene un sinnúmero de puntos en la dirección de las garantías del debido proceso y la implantación de un sistema acusatorio, cuya instrumentación completa tiene un plazo de hasta 8 años", indicó.
El priista opinó que las palabras de Soberanes suenan más como pretexto y muestran indisposición a participar en la reforma judicial, que como argumentos sólidos y respetables, por lo que lo invitó a que se incorpore a la discusión que todavía debe realizar el Congreso sobre leyes secundarias para instrumentar las medidas de la reforma judicial.
Advirtió que el Ombusdman expresó su desconfianza por quienes trabajan en el Poder Judicial de la Federación y en los estados al suponer que no serán capaces de afrontar el reto del nuevo sistema penal.
"En cuanto al asunto financiero, es compromiso de la Cámara de Diputados dotar los recursos, sino no sería congruente con la aprobación de una reforma que tuvo contundente mayoría, que requiere reservar recursos para su correcta instrumentación", manifestó.
Soberanes reconoció puntos como la presunción de inocencia como base del sistema penal y la figura de los jueces de control.
Los puntos de la reforma
La reforma constitucional en materia de justicia penal tiene dos vertientes: una que otorga mayores garantías en los procesos judiciales y, otra que da más herramientas al Estado para el combate anticrimen.
GARANTÍAS BÁSICAS EN EL PROCESO JUDICIAL
· Se implementan los juicios orales para dar al sistema de justicia mayor transparencia, certidumbre y agilidad.
· Se establece el principio de presunción de inocencia. Se investiga para detener, no se detiene para investigar.
· Los inculpados deberán ser defendidos por un abogado, se elimina la posibilidad de que los defienda una "persona de su confianza".
· Se crea la figura del "Juez de Control", encargado de vigilar la legalidad de las actuaciones del Ministerio Público. Además, es el encargado de autorizar de inmediato cateos y arraigos.
· La prisión preventiva, que es un recurso para evitar la fuga del acusado, se usará únicamente cuando esté plenamente justificada frente al juez y no simplemente porque el delito que se imputa está dentro de un catálogo predeterminado. La prisión preventiva será la excepción y no la regla.
· El juez conocerá los hechos de manera directa y en audiencias continuas, presenciará todo el juicio y al final dictará sentencia.
· La confesión no puede ser considerada una prueba. Cualquier violación de los derechos humanos del inculpado anula las pruebas en su contra. Las pruebas se desahogarán en el juicio, y no en la investigación a cargo del Ministerio Público.
· La víctima podrá aportar pruebas durante el proceso e impugnar las resoluciones del Ministerio Público, así como las omisiones o las interrupciones en la fase de investigación.
· El Ministerio Público tiene la obligación de garantizar la protección de víctimas, ofendidos y testigos, con supervisión de un juez.
COMBATE A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
· Se incluye en la Constitución el concepto de delincuencia organizada, que es una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada.
· La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público, podrá decretar en arraigo de una persona, sin que exceda de 40 días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación o cuando exista riesgo de que el inculpado se fugue.
· Se establece la extinción de dominio, es decir, la pérdida de la propiedad a favor del Estado, de bienes que hayan sido instrumento, medio o producto de actividades ilícitas del crimen organizado.
· Se ordena oficiosamente la prisión preventiva para los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley.
· Se establecen centros especiales para internos por delitos de delincuencia organizada que requieren medidas singulares de vigilancia.
· Las comunicaciones privadas son inviolables, pero se tomarán como prueba si son aportadas, de forma voluntaria, por alguno de los particulares que participen en ellas.
Así lo dijo
"Los juicios orales son una tomadura de pelo. En ocho años se van a echar para atrás porque no existen las condiciones de recursos humanos y financieros".
José Luis Soberanes
titular de la CNDH
"Revela una posición reaccionaria y conservadora, e incluso me atrevería a decir que hay un desconocimiento profundo del contenido de la reforma".
César Camacho
presidente de la Comisión de Justicia
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