El recurso de reclamación estuvo en manos del ministro Sergio Valls Hernández, quien propuso desechar la medida, al ratificar la resolución dictada por la Presidencia de la Corte, donde se dijo que, legalmente, la organización no cuenta con facultades para solicitar al Tribunal ejercer su facultad de atracción.
Fue el pasado 23 de enero de este año, cuando Adolfo Ernesto Arrioja Vizcaíno, representante legal del Consejo, interpuso el recurso que impugna la resolución dictada por el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia el 17 de enero, quien rechazó atraer el asunto.
Con la resolución que dictó el ministro en su momento, se turnó nuevamente el expediente de amparo a la magistrada María del Pilar Bolaños Rebollo, del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, para concluir formalmente el proceso.
En la resolución, se detalló que los particulares no están legitimados para solicitar a la Suprema Corte el ejercicio de su facultad de atracción, pues la petición solamente la pueden hacer la Procuraduría General de la República y los tribunales colegiados.
Anteriormente, el Alto Tribunal desechó las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron los partidos Convergencia y Nueva Alianza en contra de la reforma, al manifestar que no se puede interponer juicio contra esta acción legislativa, pues ellos no pueden revisar modificaciones a la Constitución.
Los recursos que interpusieron ambos partidos políticos en contra de la resolución se encuentran en manos del ministro José Fernando Franco González Salas, en espera de ser resueltos.
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