El Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal aceptó el amparo interpuesto por la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) contra el servicio de multiprogramación avalado por el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
El esquema de multiprogramación permite que un canal de televisión abierta pueda utilizarse para transmitir hasta 6 señales distintas.
"La demanda presentada por la AMEDI es por considerar que dicha aprobación tiene como consecuencia una mayor concentración en la radiodifusión, violentando con ello los artículos 6 y 7 de la Constitución, referidos al derecho a la información y la libertad de expresión; así como los artículos 27 sobre la rectoría del Estado sobre los bienes de la Nación; el 28 sobre la prohibición de los monopolios, y el 134 sobre los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, bajo los cuales debe conducirse la Administración Pública", detalló la Asociación en un comunicado.
Esta demanda fue interpuesta por que permite que los actuales concesionarios de televisión generen una mayor concentración, indica la AMEDI.
"Lo más grave es que la Cofetel se abstrae de su facultad reguladora, porque sólo pide ser notificada por los operadores, pero no reglamenta el servicio, no plantea un convenio marco de programación para regular los futuros acuerdos comerciales, no crea estímulos en materia de contenidos para la adopción de receptores digitales, no vislumbra campañas informativas, ni procede a una reorganización del espectro como resultado del dividendo digital y la eficiencia espectral", detalla la organización.
La AMEDI aseguró que la autoridad hizo caso omiso de las recomendaciones de los organismos expertos en el tema, así como de la experiencia internacional.
"La autoridad de manera discrecional ha determinado que las actuales televisoras puedan multiplicarse sin ninguna condición, regulación o reglamentación", mencionó la Asociación.
Recordó que la Cofetel aceptó que las televisoras hicieran uso de la multiprogramación sin haber realizado ninguna consulta pública incumpliendo con las recomendaciones emitidas por las Naciones Unidas desde 2003.
Sin embargo, la autoridad refrendó las concesiones de TV abierta a Televisa y TV Azteca hasta 2021.
"Con su resolución, el Pleno de la Cofetel además incumple los precedentes de la Suprema Corte de Justicia al determinar que en el acceso a la adquisición, operación y administración de los servicios de radiodifusión debe otorgarse el espectro de manera transitoria y plural", subrayó la AMEDI.
Diversifican espectro
6 MHz es el espacio espectral que tienen los operadores para transmitir un canal de TV abierta.
94.7% de hogares en México cuentan con televisión.
6 señales diferentes podrán ser transmitidas por un canal con la multiprogramación.
Juntos, no revueltos
Un sólo canal permite que se transmitan varias señales.
·La multiprogramación consiste en la transmisión de varias señales de programación en un mismo canal, a fin de que éstos sean recibidos en forma directa y gratuita por el público en general.
·Los canales de transmisión se otorgan para el servicio de televisión abierta y no limita el número de programas que pueden ser transmitidos.
·La digitalización permite en la televisión abierta aprovechar mejor un canal de transmisión para incrementar la calidad y cantidad de servicios que se ofrecen.
Fuente: con información de la AMEDI y Cofetel.
Reforma, 5 de octubre.
Busca la AMEDI evitar concentración
COFETEL, Televisión Digital Medios México viernes, 5 de octubre de 2012 0 comentarios
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