Incompletas, las iniciativas de justicia: Camacho

César Camacho Quiroz, presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, reconoce que el ingreso al domicilio particular sin autorización, planteado en la reforma de justicia, “es una facultad de administración, de aplicación y de ejecución delicada y difícil”, por lo que subraya que es tarea del Ejecutivo federal mejorar la policía y el Ministerio Público.

Recuerda que el PRI proponía la autonomía del MP pero acota que “el Ejecutivo federal no quiso, y aquí hay un elemento que mezcla la política con la aritmética: si no hay intervención del PAN no hay reforma”, y como considera que esta iniciativa tiene muchas bondades explica que el PRI prefirió avanzar y dejar para otro momento su propuesta.

El ex gobernador del Estado de México, artífice de esta reforma por ser el principal negociador de los legisladores ante Felipe Calderón, hace una revisión de la reforma, en la que explica sus bondades pero también reconoce sus puntos “delicados”.

Comenta que a pesar de que fue una negociación basada en lo jurídico no dejó de estar envuelta por lo político y considera que la situación actual de la delincuencia fue un factor para llevar a rango constitucional medidas cautelares “delicadas”.

Es más, explica que hace un año hubiera dicho que no a algunas de estas iniciativas, pero asegura que con la negociación se logró un cambio en el modelo de justicia penal para hacerlo acusatorio y garantista.

Además, agrega, se evitó aprobar la propuesta del Presidente, que quería otorgar al MP las facultades de cateo y arraigo que los legisladores le obsequiaron al Poder Judicial, con la creación de los jueces de control.

Las bondades

En esta negociación, en la que intervinieron los factores jurídicos y políticos, Camacho Quiroz subraya que uno de los principales cambios fue el del modelo de justicia penal, “de inquisitivo mixto a acusatorio, garantista, adversarial”. Es decir, que como está actualmente la legislación se detiene para investigar, y con la reforma se tendrá que investigar para detener.

Actualmente, señala, el gran personaje es el MP, quien siempre está en una situación de ventaja, y con “la reforma se traslada el predominio al juez y se da al inculpado una situación de igualdad”.

Por primera vez se escribe tácitamente en la Constitución la presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, y se da al uso de la prisión preventiva una mayor flexibilidad, además de que se deja al criterio del juez, salvo en delitos graves, definir si el inculpado debe pasar el proceso en prisión.

Como está actualmente la legislación, el encarcelamiento es inevitable al dictarse auto de formal prisión, a pesar de que de los 90 mil reclusos que hay 40 por ciento están en proceso.

Esta situación es más delicada si se toma en cuenta que 72 mil están en la cárcel por delitos patrimoniales menores a los cinco mil pesos, es decir que en el sistema vigente “se criminaliza a la pobreza”.

Otro de los puntos relevantes para Camacho Quiroz es el hecho de que se acabe con el monopolio de la acción penal.

Actualmente, explica, “el único que puede llevar un caso es el MP, y con la nueva legislación se definirán algunos delitos en que la víctima puede acudir directamente al juez.

“Esto, además de fortalecer los derechos de la víctima, da la posibilidad de facilitar un arreglo entre las partes bajo la supervisión del juez, garantizando la reparación del daño.

“De acuerdo con las estadísticas, 80 por ciento de los procesados nunca ve al juez y ahora será el centro de la justicia.

“Además, están los juicios orales que vienen de la mano de la publicidad que da transparencia y que hace necesariamente que los niveles de corrupción disminuyan, porque los espacios para la componenda o se erradican o se disminuyen y ayudan a que esto se haga más rápido y fluido”.

Es decir, subraya el ex senador, “se trata de un sistema garantista porque respeta los derechos de las personas, tanto de la víctima como del inculpado, por lo que es absurdo pensar que en un Estado democrático moderno, se persiga, castigue o procese a quien aparentemente es responsable, sin observar sus derechos”.

Lo “delicado y difícil”

Para el diputado es importante subrayar las bondades de esta reforma, pero reconoce que hay “otro apartado”, el que ha generado reacciones en la opinión pública, al que considera como “delicado y difícil” y que “parece que fuera una posición que choca” con el régimen garantista.

Recordó que existen muchas voces que reclaman más dureza, “aunque algunos estamos convencidos de que se requiere eficacia”, y por eso, explica, se generan instituciones jurídicas que ayuden al MP, pero acota, “bajo la lupa del juez, que será quien autorice las medidas cautelares, como el arraigo y los cateos”.

“La figura del arraigo ya está establecida en la Ley contra la Delincuencia Organizada y no ha sido declarada inconstitucional por la Corte, lo que se hizo fue llevarla a la Carta Magna y limitar su utilización”, ya que se redujo a 40 días y sólo se podrá aumentar a 80 si el MP hace su trabajo, comenta el diputado quien es uno de los autores de la reforma constitucional en materia judicial.

En cuanto a la figura del cateo, que ya existe en la Constitución y que procede cuando la investigación está en curso, la reforma establece que la respuesta del juez puede ser por cualquier medio “para aprovechar los instrumentos tecnológicos, como el teléfono, fax y el mail, que son útiles para demostrar que la comunicación es real”.

Pero sin duda, la figura “más delicada” es la del ingreso al domicilio particular sin autorización y sin investigación en curso. Ésta se da cuando haya peligro inminente o actual de la pérdida de una vida o de la integridad física de alguien, o cuando se trata de la persecución de un delito flagrante.

A pesar de que habrá una revisión judicial ex post y de que no se podrá justificar otro delito en este ingreso al domicilio, es decir señalar que se encontraron armas o drogas, el diputado afirma que “con todo y estas explicaciones me sigo haciendo cargo de que es una facultad de administración, de aplicación y de ejecución delicada”.

Subraya que no se creó un régimen de excepción con la reforma constitucional de justicia penal, ya que a la delincuencia organizada se le procesará con las mismas reglas; lo único que cambia son las medidas cautelares, o sea la fase de la investigación.
Nota de Georgina Morett, Milenio, 12 de febrero.

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