Nuevo revés al CCE sobre la reforma electoral

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó de manera definitiva, por notoriamente improcedente, la solicitud que realizó el Consejo Coordinador Empresarial, para que atrajera el amparo que interpuso contra las reformas constitucionales en materia electoral promulgadas en noviembre pasado.

Además, impuso una sanción “simbólica” de 3 mil 418 pesos al organismo empresarial, por impugnar la decisión del ministro Mariano Azuela, quien ya antes había desechado la petición.

Los ministros alegaron que el CCE sabía que no proceden los amparos contra las reformas que se realizan a la Constitución; incluso le recordaron que hay jurisprudencia del máximo tribunal de justicia del país en ese sentido, motivo por el cual los jueces de distrito deben desechar esos recursos.

La solicitud de amparo desechada impugnaba cambios al artículo 97 constitucional.

Los cinco ministros que integran la primera sala, encabezados por Sergio Valls, ratificaron el fallo que emitió el 10 de enero pasado el ministro Azuela, quien desechó la petición, por considerar que era notoriamente improcedente.

El organismo empresarial, al igual que la Confederación Patronal de la República Mexicana ha argumentado que, con la entrada en vigor de las reformas cuyo proceso de creación reclaman, éstas causan perjuicios a sus agremiados, al privarles y limitarles la garantía de libertad de expresión y manifestación de las ideas establecida en los artículos 6 y 9 constitucionales.

También, alegan los empresarios, los cambios a la Carta Magna “les impiden el derecho de contratar propaganda en radio o televisión, a pesar de que un partido o candidato formule propuestas electorales tendentes a disminuir los derechos o conquistas logradas por algún sector de la población, de la industria, o de una asociación de carácter civil, sindical o de cualquier otra especie, en los ámbitos políticos y sociales, en materias tan sensibles y controvertidas.

Impugnaciones de partidos

Sin embargo, aún quedan pendientes por revisar dos juicios de acciones de inconstitucionalidad contra la reforma electoral promovidos por los partidos Convergencia y Nueva Alianza.

La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que entró en funciones durante el periodo vacacional de diciembre pasado, desechó la acción de inconstitucionalidad que presentaron ambos partidos, por improcedente.

En consecuencia, Convergencia y Nueva Alianza interpusieron un recurso de reclamación, el cual todavía no se desahoga en el máximo tribunal.

Lo anterior fue informado por el ministro Genaro Góngora durante el informe que rindió la comisión al pleno de la Suprema Corte durante el inicio del primer periodo de sesiones de 2008.

- Claves

Otros recursos

• A fines de 2007, dos jueces de distrito de Puebla y Baja California aceptaron demandas de amparo promovidas por agrupaciones empresariales contra las reformas al Cofipe.

• Incluso ordenaron a la Presidencia y a otras autoridades federales informar sobre el caso. Con esas decisiones judiciales ascendieron a tres las demandas de garantías aceptadas contra la reforma electoral que no son desechadas, la primera por un juzgado Tamaulipas.

• Además, intelectuales y artistas promovieron amparos contra las reformas a la Carta Magna, pero éstos fueron desechados por una juez federal.
Nota de Rubén Mosso, Milenio, 7 de febrero.

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