REFORMA DE JUSTICIA. 10. ACIERTOS.

En este rubro concentramos tres comentarios, 2.25% del total, que dan cuenta de los aciertos de la reforma de justicia.

Son mayores, sin embargo, los aciertos de la reforma, como el fortalecimiento de la defensoría de oficio -con paga que permita exigir eficacia-, para hacer efectivo el principio de igualdad ante la ley, pues la imposibilidad de cubrir los servicios de un abogado suele dejar en la indefensión a acusados, las más de las veces primodelincuentes. Pero los aciertos mayores de la reforma en ciernes se expresan en los nuevos artículos 19 y 20 constitucionales. El primero, que parte del reconocimiento de la presunción de inocencia en la propia Carta Magna, constriñe la prisión preventiva a los casos en "que otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio", con lo que acaso concluya la frecuente aberración de que inocentes purguen penas que no merecían (y de paso se aliviará el hacinamiento carcelario). La medida se completa con otra contenida en el artículo siguiente, donde se dispone que si la prisión preventiva se prolonga más de dos años por causas ajenas al imputado, éste "será puesto en libertad de inmediato mientras se sigue el proceso, sin que ello obste para imponer otras medidas cautelares".
Miguel Ángel Granados Chapa, “Plaza Pública”, La Jornada, 12 de diciembre.

Otros puntos que podríamos calificar como positivos son establecer la presunción de inocencia en la Constitución e impulsar en el futuro el desarrollo de verdaderas defensorías de oficio. A pesar de ello, la reforma aprobada viene también acompañada de muchos puntos que en opinión de expertos y organizaciones constituyen un retroceso en materia de derechos humanos. Dentro de ellos se encuentran en primer lugar la “constitucionalización” de la incomunicación de detenidos y el arraigo sin orden judicial, que en el país puede extenderse hasta por 80 días, y que ha sido severamente criticado por organismos internacionales como la ONU y la OEA, por atentar contra las garantías fundamentales.
Miguel Concha, La Jornada, 15 de diciembre.

En el 2008, si todo sale bien, se dará inicio al proceso de reforma a la procuración e impartición de justicia penal en el país. A fines del año pasado se escucharon varias críticas sobre aspectos específicos del proyecto, algunas de las cuales me parecen justificadas y otras no. Sin embargo, en esta discusión quedó desdibujada la propuesta de reforma en su conjunto, es decir, la racionalidad de política pública que subyace en el proyecto.
Las reformas penales exitosas son aquellas que se diseñan pensando en modificar los incentivos que generan los deficientes resultados y las malas prácticas de todos los operadores del sistema. En este sentido, las preguntas clave a responder para evaluar la propuesta de reforma son al menos tres: ¿cuáles son los nuevos incentivos que pretende generar en los operadores del sistema? ¿Cuáles aspectos de las malas prácticas institucionales no fueron atendidos? ¿Cuál es el balance final de estos pros y contras?
Ana Laura Magaloni, Reforma, 5 de enero.

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