Restringen fuero militar

La Suprema Corte determinó que, en adelante, los jueces mexicanos deberán restringir el fuero de guerra, de tal manera que los militares acusados de delitos contra civiles no sean procesados por los tribunales castrenses.

"Los jueces del Estado Mexicano deberán replicar en casos futuros el criterio de restricción del fuero militar en cumplimiento de la sentencia del caso Rosendo Radilla y en aplicación del artículo Primero Constitucional", señala el criterio aprobado ayer por unanimidad del pleno de la Corte.

Lo anterior, en referencia a la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de la desaparición de Radilla, en la cual se establece que el artículo 57 del Código de Justicia Militar es contrario a los tratados internacionales sobre derechos humanos.

Dicho artículo refiere que todos los delitos cometidos por soldados en ejercicio de sus funciones deben ser procesados por el fuero militar sin importar si hay civiles involucrados.

El Congreso de la Unión no ha cumplido aún con la orden de la CIDH de reformar el código pese a que la sentencia, dictada en noviembre de 2009, lo incluye como un punto específico de condena.

Pero la Corte está llevando desde la semana pasada su propia discusión, pues la sentencia también generó obligaciones al Poder Judicial.

"Como el artículo Primero de la Constitución dispone que las normas relativas a derechos humanos se interpretarán de acuerdo con lo que ella establece y de conformidad con los tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, a partir de ahora, el fuero militar frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia podrá operar", indica el criterio propuesto en el proyecto que discute la Corte.

Anoche, en un comunicado, las secretarías de Defensa, Marina y Gobernación aceptaron los "criterios orientadores" de la Corte y ofrecieron cooperación en los casos concretos, "y a la vez se fortalecerá la aplicación de la jurisdicción militar en la conservación de la disciplina castrense".

Víctor Fuentes, Reforma, 13 de julio.

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