Con seis votos a favor y cuatro en contra, el pleno de la Corte revisó el primero de los 42 juicios de amparo interpuestos por empresarios e intelectuales contra las modificaciones en la citada materia, mismos que fueron desechados por tribunales inferiores.
Sin embargo, el alto tribunal no se manifestó sobre el fondo del asunto, es decir, si estos cambios a la Constitución vulneran las garantías individuales, como la libertad de expresión.
La mayoría de los ministros sólo externaron su posición en que el juicio de amparo es procedente contra los cuestionamientos formales y materiales al procedimiento de reformas y adiciones a la Constitución federal.
El ministro José Ramón Cossío Díaz, quien elaboró el proyecto de sentencia a favor de que el juzgado primero de distrito en materia administrativa con sede en Jalisco admitiera la demanda promovida por el Centro Empresarial del estado, dejó en claro que el único tema a resolver era si el desechamiento de plano determinado por el juzgador, y por los otros jueces de distrito, era o no manifiesto e indudable.
Su propuesta fue secundada por los ministros Juan Silva Meza, Genaro David Góngora Pimentel, Olga Sánchez Cordero, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, y el propio presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Los únicos que votaron en contra fueron la ministra Margarita Luna Ramos, José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio A. Valls Hernández y Fernando Franco Salas, quienes expresaron que la Corte no puede cuestionar bajo ninguna circunstancia, las decisiones del constituyente.
El cambio jurídico
Por su parte, Ortiz Mayagoitia, quien siempre había expresado que las reformas a la Constitución no pueden ser revisadas, por ningún medio legal, cambió de opinión y dijo que desde el pasado 8 de agosto hay un nuevo escenario jurídico nacional, porque la Corte Interamericana de Derechos Humanos los vinculó a generar medios de defensa accesibles, a raíz del fallo que condena al Estado mexicano por el caso Jorge G. Castañeda; además, porque ya está en puerta una iniciativa que propone la defensa contra reformas constitucionales.
“México asumió compromisos internacionales, entre otros, fundamentalmente el de someterse a la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el conocido asunto promovido por Castañeda, al invocarse por éste que el Estado mexicano viola uno de sus derechos fundamentales por no establecer un medio adecuado para la defensa de sus derechos humanos”.
Y prosiguió Ortiz Mayagoitia: “La condena es muy clara, México tiene la obligación vinculante de crear medios accesibles para la defensa de todos los derechos humanos; aunque debo aclarar que, la sentencia alude única y exclusivamente a la materia electoral; pero sería irrazonable que la creación de estos recursos se concentraran solamente a esa materia, porque estaríamos faltando al artículo 25, de la Convención que aquí se estimó violados.
“Ésta es una conclusión que en lo personal me impacta”, dijo el ministro presidente.
- Claves
Paso importante
• El 13 de noviembre de 2007, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el decreto que reforma los artículos sexto, 41, 85, 99, 108, 116 y 122, entre otros, de la Constitución.
• Eso motivó que empresarios e intelectuales se ampararan bajo el argumento de que dichos cambios a la Carta Magna causan perjuicios al privarlos y limitarlos de la garantía de libertad de expresión y manifestación de las ideas
• Ayer, empresarios e intelectuales, quienes estuvieron presentes en la sesión, dijeron que la Corte ha dado un paso importante al tomar en cuenta los convenios internacionales, pero coincidieron en que es en el máximo tribunal donde se está llevando a cabo una verdadera revolución.
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