A partir de tal determinación, el máximo tribunal comenzará a revisar hoy los temas que plantearon los empresarios en 41 juicios de amparo más y será en esta fase cuando determinará si les concede o no la razón.
Los empresarios impugnaron la reforma electoral debido a que prohíbe la contratación directa de publicidad en televisión y radio durante los procesos electorales, lo cual –señalaron— inhibe la libertad de expresión.
Al admitir el primer juicio, la Corte emitió un criterio que abre la posibilidad de que cualquier ciudadano, y no sólo los partidos políticos, puedan impugnar y echar abajo una reforma a la Constitución.
Los ministros determinaron que mediante un juicio de amparo sí se puede cuestionar el proceso legislativo que se siguió para aprobar una reforma a la Carta Magna si estima que dicho proceso fue irregular o estuvo viciado de origen.
Con este criterio, determinaron revocar la decisión que emitió un juez que, en primera instancia, se negó a admitir la demanda que se promovió el Centro Empresarial de Jalisco, sindicato patronal, contra la reforma electoral, por considerarlas notoriamente improcedentes.
La mayoría de ministros se pronunció por admitir las demandas de los empresarios y de los “intelectuales”, que entre otras cosas aseguran que la reforma atenta contra la libertad de expresión.
De entrada el ministro José Ramón Cossío propuso revocar la decisión del juez y admitir a estudio la demanda de los empresarios.
La propuesta de Cossío fue secundada por Genaro Góngora Pimentel, quien aseguró que el amparo debía admitirse porque a través de este tipo de juicio sí se puede revisar si los legisladores aprobaron la reforma respetando todos los requisitos que se deben seguir para modificar la Carta Magna.
Sería muy grave que se corrompiera la Constitución mediante un proceso legislativo irregular, dijo.
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