Con seis votos contra cuatro, los ministros del máximo tribunal del país abandonaron su criterio establecido en el 2002, que sostenía que ningún recurso legal es procedente para combatir una reforma constitucional.
El fallo de la Corte tendrá como consecuencia inmediata que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de Jalisco admita a trámite el amparo que promovió el Centro Empresarial de ese estado contra la reforma constitucional en materia electoral del año pasado.
El juez y los magistrados de un tribunal colegiado habían desechado este amparo por notoria improcedencia, porque estimaron que una reforma constitucional era inatacable con un juicio de garantías.
Este argumento fue compartido por los ministros Sergio Valls, Fernando Franco, José de Jesús Gudiño y Margarita Luna Ramos.
"De concederse el amparo por vicios de procedimiento de fondo, habría una Constitución para los que entablaron el amparo, y otra Constitución, para los que no fueron al juicio de amparo; lo cual creo, que tratándose de la Carta Magna, esto no sería de ninguna manera posible. Yo creo que eso sería impensable", planteó en el pleno el ministro Gudiño.
Pero el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, fue quien decidió la suerte de esta discusión, porque cambió el criterio que siempre había sostenido en las votaciones del pleno y esta vez dijo que sí era válido admitir la demanda.
Para fundamentar su voto, Ortiz recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el Estado mexicano violó los derechos humanos del ex canciller Jorge Castañeda, cuando quiso y no pudo obtener su registro como candidato presidencial independiente.
El ministro expuso que la CIDH señala que la violación consiste en que el Estado mexicano no tiene establecido un medio de defensa de los derechos humanos, como el que se requería en el caso de Castañeda.
Por eso, dijo Ortiz, en esta nueva época, México ha aceptado la competencia de la CIDH y la Corte ha discutido las normas en función de principios, por lo que el punto de referencia en este tipo de debates son los derechos humanos y no la Constitución.
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