Gerardo Soria Gutiérrez, asesor jurídico de la CIRT, indicó que la SCJN sólo declaró inconstitucionales “en su totalidad” dos artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión aprobada en abril del año pasado y otros, “en cierta función normativa”.
Indicó que no existe parámetro objetivo; fueron múltiples las expresiones contenidas en el Poder Judicial que permiten advertir declaraciones de la Corte en aspectos de orden político que corresponden al ámbito legislativo.
Durante una reunión de directivos de la CIRT con senadores de la comisión plural encargada de la nueva legislación de radio y televisión, Gerardo Soria apuntó que el Poder Legislativo no es sujeto de una condena para acatar el fallo de la SCJN, y la nueva ley puede darse en la dirección que considere oportuna el Congreso.
CONCESIONES. El asesor jurídico de la CIRT pidió a los senadores que durante la elaboración del nuevo marco jurídico se establezca el factor económico como criterio para definir el otorgamiento de las concesiones.
Soria Gutiérrez consideró que en radio y televisión no pueden ser determinantes los factores económicos, pero las concesiones deben estar en las mejores manos posibles.
Mencionó que las concesiones se deben ofrecer a través de una licitación pública bajo un procedimiento que permita valorar las solicitudes, sobre todo en lo que se refiere a contenidos, función social y cultural, nivel de competencia y experiencia.
Sin embargo, dijo, cuando ya los interesados hayan pasado por este filtro, que el factor económico sea el criterio desempate y se tenga la certeza de que las concesiones quedarán en buenas manos.
Gerardo Soria también pidió a los senadores que no se atienda la solicitud de los permisionarios de radio y televisión de que puedan comercializar sus espacios, porque entonces “nada los distinguirá de las concesionarias”.
Explicó que la posibilidad de comercializar los espacios en estaciones oficiales y educativas incentivaría la multiplicación de solicitudes bajo procedimientos discrecionales y no públicos.
Insistió en que la actual legislación no contempla la autorización para que las estaciones que funcionan bajo permiso incluyan publicidad comercial, y advierte que incluir este tipo de mensajes es causal de revocación del permiso.
En cuanto a las estaciones para comunidades indígenas, el directivo señaló que la autoridad debe estar pendiente de que haya procedimientos claros para determinar quiénes pertenecen a un determinado núcleo indígena y se evite de ese modo que se abuse de la buena fe de la autoridad.
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