Denuncia y legislación sobre internet

Debido a la característica masiva de internet y la facilidad que le da al internauta de acceder a una gran cantidad de información y hacer o deshacer con ella lo que quiera, ha sido necesario crear algunas leyes e instituciones que se encarguen de darle cierta legalidad a este vasto campo llamado el ciberespacio.
Tanto a nivel nacional como internacional se han puesto en marcha algunas legislaciones para acabar con diversos delitos, siendo el del copy-paste de la información, que trata de proteger la propiedad intelectual, el más avanzado.
Existen algunos tratados realizados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en la directiva europea sobre derechos de autor y en la Ley de Copyright en el Milenio Digital de Estados Unidos (DMCA).
Y aunque a nivel nacional la regulación sobre internet no está establecida específicamente en ninguna ley, sí existen instituciones que se encargan de atender los ciberdelitos, como lo es la Policía Cibernética, una dependencia de la Policía Federal Preventiva (PFP) que se encarga de darle seguimiento a aquellos casos en los cuales el ciudadano ha sido víctima de algún delito o fraude cibernético.
Con fraude cibernético nos referimos al robo de información personal del receptor, como contraseñas, cuentas bancarias, números telefónicos, etc., por medio de algún tipo de malware conocido como phishing.
Si has sido víctima de algún tipo de delito, acoso o irregularidad, denuncia ante la Policía Cibernética en los teléfonos 01-800-440-36-90 y 52-41-04-20 (o 21) o manda un correo electrónico a policia_cibernetica@ssp.gob.mx o denuncia@ssp.gob.mx.
Si la denuncia se realiza vía e-mail, deberás incluir en éste: tus datos completos, una síntesis del fraude del que fuiste víctima incluyendo el sitio de internet que visitaste, qué tipo de datos te fueron requeridos, si realizaste algún depósito (en caso de haber adquirido algún producto vía online), y todos los pormenores para que se integre un reporte y la investigación pueda empezar. En caso de que haga falta algún dato necesario, en un plazo de no más de dos días se comunican contigo para darle seguimiento a tu caso.
Otras leyes en los que se manejan términos generales como medio electrónico e informática son:
-Código Civil Federal (Art. 1803)
-Código de Comercio (Art. 48, 80 y TÍTULO SEGUNDO, CAPÍTULO I, DEL COMERCIO ELECTRÓNICO)
-Código Federal de Procedimientos Civiles
-Código Fiscal de la Federación (Art. 17-D)
-Código Penal Federal (201 bis)
-Ley de la Propiedad Industrial (Art. 83)
-Ley Federal de Protección al Consumidor (Art. 7, Art. 76 bis)
-Ley Federal del Derecho de Autor (Art.6, 27)
Andrea García Intriago, Crónica, 2 de septiembre.

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